Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/191"

From GATE
 
(One intermediate revision by one other user not shown)
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
2<sup>o</sup>. Quando alteren los precios de los géneros que se embían assí a las comunidades de los P[adr]es Missioneros, como a los Pueblos de indios o a los Collegios, sin gravar los dichos precios más de lo que les cave a dichos géneros prorrat[e]ados por costos de sus aperros o conducción o por las mermas que suele
+
2<sup>o</sup>. Quando alteren los precios de los géneros que se embían assí a las comunidades de los Pes. Missioneros, como a los Pueblos de indios o a los Collegios, sin gravar los dichos precios más de lo que les cave a dichos géneros prorrat[e]ados por costos de sus aperros o conducción o por las mermas que suele [h]aver (a juicio prudente) en algunos de dichos géneros; como también se cargarán prorrata los quales cupieren en lo q[u]e se perdiere en los géneros que la necesidad obliga à resarcirlos por surtim[ien]to si se vendieren. <br>
[h]aver (a juicio prudente) en algunos de dichos géneros; como
+
3<sup>o</sup>. Que aunque sean a favor de los Collegios, no se hagan tales contratos que con título de justas ventas sean en realidad verdaderas limosnas, como fuera vender los géneros de las Doctrinas y de los indios a precios ínfimos y recivir la paga de los precios supremos: La misma razón y equidad q[u]e dicta el vender a los clérigos los géneros a precios acomodados y aun a los seglares q[uan]to más a las Comunidades de n[uest]ros H[erman]os y a n[uest]ros indios; pero s[iem]pre estarán los Pes. Procuradores de estos officios adbertidos que aunque todos los Collegios deven guardar esta equidad, pero muy en especial con el Collegio de Córdova y Noviciado, por dar y criar tantos sugetos como de ella vienen a estas Doctrinas y con el del Paraguay por haver costeado  
también se cargarán prorrata los quales cupieren en lo q[u]e se
 
perdiere en los géneros que la necesidad obliga à resarcirlos
 
por surtim[ien]to si se vendieren. <br>
 
3<sup>o</sup>. Que aunque sean a favor de los Collegios, no se hagan tales contratos que con título de justas ventas sean en
 
realidad verdaderas limosnas, como fuera vender los géneros
 
de las Doctrinas y de los indios a precios ínfimos y recivir la
 
paga de los precios supremos: La misma razón y equidad q[u]e dicta el vender a los clérigos los géneros a precios acomodados y aun a los seglares q[uan]to más a las Comunidades de n[uest]ros H[erman]os y a n[uest]ros indios; pero s[iem]pre estarán los P[adr]es Procuradores de estos officios adbertidos que aunque todos los Collegios deven guardar esta equidad, pero muy en especial con el Collegio de Córdova y Noviciado, por dar y criar tantos sugetos como de ella vienen a estas Doctrinas y con el del Paraguay por haver costeado  
 
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
Footer (noinclude):Footer (noinclude):
Line 1: Line 1:
<references/>
+
<references/> {{TurnPage}}

Latest revision as of 14:20, 7 August 2021

This page has not been proofread

2o. Quando alteren los precios de los géneros que se embían assí a las comunidades de los Pes. Missioneros, como a los Pueblos de indios o a los Collegios, sin gravar los dichos precios más de lo que les cave a dichos géneros prorrat[e]ados por costos de sus aperros o conducción o por las mermas que suele [h]aver (a juicio prudente) en algunos de dichos géneros; como también se cargarán prorrata los quales cupieren en lo q[u]e se perdiere en los géneros que la necesidad obliga à resarcirlos por surtim[ien]to si se vendieren.
3o. Que aunque sean a favor de los Collegios, no se hagan tales contratos que con título de justas ventas sean en realidad verdaderas limosnas, como fuera vender los géneros de las Doctrinas y de los indios a precios ínfimos y recivir la paga de los precios supremos: La misma razón y equidad q[u]e dicta el vender a los clérigos los géneros a precios acomodados y aun a los seglares q[uan]to más a las Comunidades de n[uest]ros H[erman]os y a n[uest]ros indios; pero s[iem]pre estarán los Pes. Procuradores de estos officios adbertidos que aunque todos los Collegios deven guardar esta equidad, pero muy en especial con el Collegio de Córdova y Noviciado, por dar y criar tantos sugetos como de ella vienen a estas Doctrinas y con el del Paraguay por haver costeado