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Para que se eviten algunos inconvenientes que se han co- 
 
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dudas, estendiendo aquella facultad a más de lo que suenan expresamente las palabras, y apara evitar en el ínterin que Su Paternidad responda a quien remito la declarazión en esta parte los incombenientes que se pueden seguir de lo contrario, sus- pendo por la autoridad que tengo, qualquiera facultad, que [h]aya o pueda haver en qualquier particular, para absolver en virtud de la concesión de N. P. con más extención de lo que suenan expresamente las palabras. Estos son los puntos que su Ra el Pe Provincial me deja en dicho Memorial, que me es necesario comunicarlos a todos y por ser tan substanciales harán V. Ras que se saque en cada Doctrina un traslado de este común para refrescar la materia y dar cumplimiento a lo que en ellos se nos ordena con que no ofreciéndose otra cosa acavo encomendándome &c. Concepción y marzo 20 de 1705. Póngase el viose y escrívase y buelva este común cerrado de este el pueblo de Sn Juan a mis manos.

Siervo de V. R.


Leandro de Salinas.



Preceptos del P[adr]e Prov[incia]l Lauro Núñez en su 2o Provincialato en carta de 12 de Hener[o] de 1706.



Para que se eviten algunos inconvenientes que se han co-