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uno por uno, en cada una de las Juntas de esta visita y consultando los que aquí quedan, con aprovación común, y assí encargo se lean y guarden en el entre tanto que N. P. G.l no avisare otra cosa. <br>
y consultando los que aquí quedan, con aprovación común,
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En esta Reducción de los S[an]tos Reyes en <hi rend="underline">22</hi> de abril de <hi rend="underline">1690</hi>. Siervo de V. R.a. <br>
y assí encargo se lean y guarden en el entre tanto que
 
N. P. General no avisare otra cosa. En esta Reducción de los Stos
 
Reyes en 22 de abril de 1690. Siervo de V. Ra, <br>
 
 
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<center><big>Órdenes del P[adr]e Prov[incia]l Thomás Donvidas confirmados por N[uestro] P[adre] G[enera]l [[citesName::Tirso González de Santalla|Thirso González]].</big></center> <br>
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1o El 1o que se haga la doctrina a trechos por la Iglesia repi-
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1<sup>o</sup>. El 1<sup>o</sup> que se haga la doctrina a trechos por la Ig[lesi]a repitiendo una misma cosa en varias partes para que todos las entiendan. <br>
tiendo una misma cosa en varias partes para que todos
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2<sup>o</sup>. Que el sábado y el domingo haya doctrina, aunque el domingo haya de haver sermón (que uno y otro no ha de pasar de media hora) con adbertencia que este 2<sup>o</sup> or[de]n se entiende, q[uan]do en la Doctrina ay dos PP. lenguas y q[uan]do ambos a dos tienen salud vastante para ello. Itt.: no se entienda lo de la doctrina del sábado en t[iem]po de carpición. <br><br>
las entiendan. <br>
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<center><big>Órdenes del P. Prov.l Lauro Núñez para las Reducciones en la visita de 1694.</big></center> <br>
2o Que el sábado y el domingo haya doctrina, aunque el
 
domingo haya de haver sermón (que uno y otro no ha de
 
pasar de media hora) con adbertencia que este 2o orden se
 
entiende, quando en la Doctrina [h]ay dos PP. lenguas y quando
 
ambos a dos tienen salud vastante para ello. Ittem no se en-
 
tienda lo de la doctrina del sábado en tiempo de carpición. <br><br>
 
<center><big>Órdenes del P[adre] Prov[incia]l Lauro Núñez para las Reducciones en la visita de 1694.</big></center> <br>
 
 
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1o Para que se eviten los inconvenientes, y graves desórdenes
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1<sup>o</sup>. Para que se eviten los inconvenientes, y graves desórdenes que se pueden y deven temer de lo contrarío, no se permi- 
que se pueden y deven temer de lo contrarío, no se permi- 
 
 
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uno por uno, en cada una de las Juntas de esta visita y consultando los que aquí quedan, con aprovación común, y assí encargo se lean y guarden en el entre tanto que N. P. G.l no avisare otra cosa.
En esta Reducción de los S[an]tos Reyes en 22 de abril de 1690. Siervo de V. R.a.

Gregorio de Horozco



Órdenes del Pe. Prov.l Thomás Donvidas confirmados por N. P. G.l Thirso González.



1o. El 1o que se haga la doctrina a trechos por la Ig[lesi]a repitiendo una misma cosa en varias partes para que todos las entiendan.
2o. Que el sábado y el domingo haya doctrina, aunque el domingo haya de haver sermón (que uno y otro no ha de pasar de media hora) con adbertencia que este 2o or[de]n se entiende, q[uan]do en la Doctrina ay dos PP. lenguas y q[uan]do ambos a dos tienen salud vastante para ello. Itt.: no se entienda lo de la doctrina del sábado en t[iem]po de carpición.

Órdenes del P. Prov.l Lauro Núñez para las Reducciones en la visita de 1694.



1o. Para que se eviten los inconvenientes, y graves desórdenes que se pueden y deven temer de lo contrarío, no se permi-