Missa, Quelos Sabados, y Domingos, aunque aiga sermon, aya
de auer Doctrina General Yque todos los dias se vayan confessando
por las cassas, como lo ordeno el P.e Provincial tomas Dovindas,
y confirmo Nro P.e General en una suya de 20 de Noviembre de 1687
añadiendo, queno solo son utiles los dichos ordenes, sino necessarios
que alos Congregantes seles haga suplatica los Domingos por la ta
rde. que el primer lunes del mes se canten las Missas delas animas.
Que los Jubileos delmes, sea non cuyo dia fixo es el 2.o Domingo, se
publique ocho dias antes. et.a estos, y otros muchos ordenes, y cos
tumbres aprovadas hallaran V R.s que por la mayor parte nose g.r
dan; y solo ruego a V. R.s que hagan reflexion enla perdicion de
Algunos Indios por la omission de aquellos Sermones, de aquellas
platicas, Doctrinas y modo de hacerlas, quese salvaran, sise ubiera
puesto en execucion, como esta mandado. Y conraçon puede ser,
porque Dios Nuestro Señor que mouio amis antecesores para que
pusiesen estos ordenes, tiene aligados muchos auxilios eficaces
delos quales esta perdiente la salvacion de muchos indios; y como
nose executaron los ordenes, Tampoco Dios nuestro Señor [dio] los au
xilios, por lo qual sepue de temer, quequitando nos Dios el cultivo
de esta su viña[1], selo de aotros, que la cultiven mexor con execuciō
mas exacta delos queles fuere ordenado. Estoes loque en estepun
to me ha parecido representar a V R.s por lo demas solo añadire tres
cosas.
La 1.a q.e auiendosele propuesto al P.e thomas Donvidas,
siendo Provincial laduda tocante ala facultad delos P.es que cui
dan delas Doctrinas para absoluer a reseruatis y comunicada en
con nuestro P.e General conla respuesta que dio, despues de consulta
da con los consultores de Provincia la aprovo su Paternidad y la de
Claro por legitima sus palabras son como sesiguen. En una dediez
de Diciembre de 1689. en la visita delas Doctrinas dize el P.e
- ↑ cf. Mt 21, 33-43.