por largo tiempo haparecido que necessita del Precepto que embio, para que to
dos lo Observen mientras Nuestro Padre aquien se remite, no dispone otra
cosa.
Tambien parece abuso contra la [per]ferccion[?] de la pobreza que a de res
plandecer en nuestros aposentos el que usemos en ellos desillas con labores, y
con rejados enla madera, y dibujos en la baqueta de respaldar, y assientos grava
das, tarjas, escudos, ramos, y Labores semejantes que usanlos seglares; y assi mis
mo en los Lomillos, y adreços de Camino, siendo Claramente superfluos todo
loque noes para al descanço necessario del aposento, y aviaje, y mas teniendo re
sabios de profanidad, quesi contiempo nose ataja, suele ir siempre en augmento
con el parecer delos PP.es Consultores remito el Orden enquese Ordena quede
aqui en adelnate solo se compren, ò hagan Para Nro sillas, ò adreços llanos,
y negros, y las sillas que alpreçente, ubiere co[n] labores de este genero se apliquen
ala Iglesia, òse disponga de ellas al modo mas util que comodamente seque
da.
Porqueno[s] conformemos entodas partes conlos Ordenes del Santo tri
bunal açerca de quelas Confessiones se oigan enlugar publico conviene advertir
alos que andan en Mission, q.e aviendo Iglesia, ò Capilla Comun en el paraje adō
de llegaren quesea Capaz dedezirse Missa en ella, Oygan ay las Confessiones, y no
en el toldo que lleban, y quando no ubiere tal Iglesia laspodranoyr en el toldo
donde dizen Missa contal q.e este lapuerta del dicho toldo depar en par, y conlas
Circunstancias quese exprexan en el Orden que con esta se remite. Los quales
dichos trez Ordenes mandara V. R.a que se escriban en el Libro donde
estan los demis antecesores conla forma que [es]tan en el papel aparte.
La xxomission que algunos PP.es Rectores antenido en hazer
escribir los puntos de Annua, e imbiarlas al Prov.L como tienen Obligacion
dificulta, ò por mejor dezir impossibilita el componer las detoda la Prov.a,
para embiarles segun debemos a Nuestro Padre General. Por tanto en car
go atodos los PP.es Rectores, y superiores locales que al fin de cada año inqui
por largo tiempo haparecido que necessita del Precepto que embio, para que to
dos lo Observen mientras Nuestro Padre aquien se remite, no dispone otra
cosa.
Tambien parece abuso contra la [per]ferccion[?] de la pobreza que a de res
plandecer en nuestros aposentos el que usemos en ellos desillas con labores, y
con rejados enla madera, y dibujos en la baqueta de respaldar, y assientos grava
das, tarjas, escudos, ramos, y Labores semejantes que usanlos seglares; y assi mis
mo en los Lomillos, y adreços de Camino, siendo Claramente superfluos todo
loque noes para al descanço necessario del aposento, y aviaje, y mas teniendo re
sabios de profanidad, quesi contiempo nose ataja, suele ir siempre en augmento
con el parecer delos PP.es Consultores remito el Orden enquese Ordena quede
aqui en adelnate solo se compren, ò hagan Para Nro sillas, ò adreços llanos,
y negros, y las sillas que alpreçente, ubiere co[n] labores de este genero se apliquen
ala Iglesia, òse disponga de ellas al modo mas util que comodamente seque
da.
Porqueno[s] conformemos entodas partes conlos Ordenes del Santo tri
bunal açerca de quelas Confessiones se oigan enlugar publico conviene advertir
alos que andan en Mission, q.e aviendo Iglesia, ò Capilla Comun en el paraje adō
de llegaren quesea Capaz dedezirse Missa en ella, Oygan ay las Confessiones, y no
en el toldo que lleban, y quando no ubiere tal Iglesia laspodranoyr en el toldo
donde dizen Missa contal q.e este lapuerta del dicho toldo depar en par, y conlas
Circunstancias quese exprexan en el Orden que con esta se remite. Los quales
dichos trez Ordenes mandara V. R.a que se escriban en el Libro donde
estan los demis antecesores conla forma que [es]tan en el papel aparte.
La xxomission que algunos PP.es Rectores antenido en hazer
escribir los puntos de Annua, e imbiarlas al Prov.L como tienen Obligacion
dificulta, ò por mejor dezir impossibilita el componer las detoda la Prov.a,
para embiarles segun debemos a Nuestro Padre General. Por tanto en car
go atodos los PP.es Rectores, y superiores locales que al fin de cada año inqui