uno por uno, en cada una de las Juntas de esta visita
y consultando los que aquí quedan, con aprovación común,
y assí encargo se lean y guarden en el entre tanto que
N. P. General no avisare otra cosa. En esta Reducción de los Stos
Reyes en 22 de abril de 1690. Siervo de V. Ra,
1o El 1o que se haga la doctrina a trechos por la Iglesia repi-
tiendo una misma cosa en varias partes para que todos
las entiendan.
2o Que el sábado y el domingo haya doctrina, aunque el
domingo haya de haver sermón (que uno y otro no ha de
pasar de media hora) con adbertencia que este 2o orden se
entiende, quando en la Doctrina [h]ay dos PP. lenguas y quando
ambos a dos tienen salud vastante para ello. Ittem no se en-
tienda lo de la doctrina del sábado en tiempo de carpición.
1o Para que se eviten los inconvenientes, y graves desórdenes
que se pueden y deven temer de lo contrarío, no se permi-