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Revision as of 16:10, 28 October 2019
8 de 1750.
P[adres]
Aunque esta se escribió antes que el R[everen]do P[adr]e G[ene]ral muriese no la pudo firmar por lo que va firmada de mi mano.
P[adre] Prov[incia]l de la Prov[inci]a del Paraguay.
Esta recomendaz[ió]n del P[adr]e Vizconti no tuvo officio pues los Padres o Provincial del Paraguay se ajustó por los diezmos que devían pagar en el obispado de Buenos Ayres, por 500 pesos annuales, y lo mismo se ejecutó en el de Córdoba del Tucumán por cuya causa y movido de un injusto pleito que ganaron a D[o]n Diego Salgado, dignidad de esta Ig[lesi]a informó este al rey, que aquella composiz[ió]n no equibalía a los efectos que de todas especies sacaban yapa, aprovechavan de sus considerables haz[ien]das los P[adres] y en consideraz[ió]n a este informe mandó el Rey el S[eño]r D[o]n Carlos 3o que diezmasen del modo que los demás, pero aun parece que no ha tenido effecto esta providencia.