Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/199"
Page body (to be transcluded): | Page body (to be transcluded): | ||
Line 1: | Line 1: | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
− | realidad de verdad avisando al Superior de las razones que | + | realidad de verdad avisando al Superior de las razones que le motivan a ello, y obrará con su liz[enci]a y si en tal caso ésta no pudiere llegar a t[iem]po por la distancia, podrá también obrar presuponiendo se la concederá, con obligaz[ió]n de avisarla después de lo que hubiere obrado, en que se pueden convenir también los dos el que entra y el que sale, guardándose los buenos respetos que se deven, teniendo por bien la disposic[i]ón del que sale quando vee, sea justa y moderada. <br> |
− | le motivan a ello, y obrará con su | ||
− | no pudiere llegar a | ||
− | presuponiendo se la concederá, con | ||
− | después de lo que hubiere obrado, en que se pueden convenir | ||
− | también los dos el que entra y el que sale, guardándose los | ||
− | buenos respetos que se deven, teniendo por bien la disposic[i]ón | ||
− | del que sale quando vee, sea justa y moderada. <br> | ||
<br> | <br> | ||
<center><big>Preceptos del P[adre] Prov[incia]l Thomas Donvidas en carta de 14 de diziembre de 1688.</big></center> <br> | <center><big>Preceptos del P[adre] Prov[incia]l Thomas Donvidas en carta de 14 de diziembre de 1688.</big></center> <br> | ||
<br> | <br> | ||
− | En carta que reciví de N[uestro] P[adre] G[enera]l [[citesName::Tirso González de Santalla|Tirso González]] en 7 del | + | En carta que reciví de N[uestro] P[adre] G[enera]l [[citesName::Tirso González de Santalla|Tirso González]] en 7 del corrie[n]te por el Brasil, su f[ec]ha 20 de nov[iemb]re del año pasado de [16]87 me ordena ponga de su parte dos preceptos de s[an]ta obediencia a toda la Prov[inci]a y a qualquier Collegio o sugetos en particular que les pueda tocar por qualquier modo. <br> |
− | Primero, que ninguno de los | + | Primero, que ninguno de los n[uest]ros introduzga en esta Prov[inci]a mercadurías de estrangeros, según lo tenía ordenado y mandado el P[adr]e [[citesName::Gianpaulo Oliva|Juan Paulo Oliba]] de buena memoria en una de sus cartas que es la 5<sup>a</sup>. <br> |
− | mercadurías de estrangeros, según lo tenía ordenado y | + | Seg[un]do, que ni en Buenos Ayres, ni en otra parte de la |
− | |||
− | |||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] |
Revision as of 21:36, 24 July 2019
realidad de verdad avisando al Superior de las razones que le motivan a ello, y obrará con su liz[enci]a y si en tal caso ésta no pudiere llegar a t[iem]po por la distancia, podrá también obrar presuponiendo se la concederá, con obligaz[ió]n de avisarla después de lo que hubiere obrado, en que se pueden convenir también los dos el que entra y el que sale, guardándose los buenos respetos que se deven, teniendo por bien la disposic[i]ón del que sale quando vee, sea justa y moderada.
En carta que reciví de N[uestro] P[adre] G[enera]l Tirso González en 7 del corrie[n]te por el Brasil, su f[ec]ha 20 de nov[iemb]re del año pasado de [16]87 me ordena ponga de su parte dos preceptos de s[an]ta obediencia a toda la Prov[inci]a y a qualquier Collegio o sugetos en particular que les pueda tocar por qualquier modo.
Primero, que ninguno de los n[uest]ros introduzga en esta Prov[inci]a mercadurías de estrangeros, según lo tenía ordenado y mandado el P[adr]e Juan Paulo Oliba de buena memoria en una de sus cartas que es la 5a.
Seg[un]do, que ni en Buenos Ayres, ni en otra parte de la