Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/20"
| (8 intermediate revisions by 2 users not shown) | |||
| Page body (to be transcluded): | Page body (to be transcluded): | ||
| Line 1: | Line 1: | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
| − | + | [[Category:Ibañez, El Reyno Jesuitico - citaçāo]] | |
| − | los Superiores y cuando como a tales se les | + | y assimismo un administrador cada uno de los Superiores; y cuando como a tales se les escribiere alguna cosa tocante a su offico pondrán al pie |
| − | + | del s[ob]re escrito una A mayúscula y el superior no las podrá leer. <br> | |
| − | del | + | 10. Para los casos urgentes de guerra habrá 4 superintendentes señalados por el Pe. Prov.l uno en el Vruguay [h]acia [ar]riva y otro en el Paraná río arriva y cada uno de ellos tendrá dos consultores para los casos de guerra. <br> |
| − | las podrá leer. | + | 11. ''<span style="color:Blue">No se despache valsa ni canoa alguna sin liz[enci]a del Superior y los PP. que cuydan de las Doctrinas de Ituapa y Tapaya visitarán todas las balsas y canoas</span>''<ref>B. Ibañez Echávarri, [[Page:El Reyno jesuitico (1762).pdf/73|''El Reyno Jesuitico'', 65.]] Na transcrição que Ibañez faz no ''El Reyno'' os comes dos povos são Itapua e Yapeú.</ref> y si alteren cartas encubiertas que no están selladas con sello del Pe. Superior las embargarán y remitirán al Pe. Superior y las cartas que a los PPs. remitieron abiertas las registrarán y no hallando inconveniente, las cerraran y dejarán pasar. <br> |
| − | 10. Para los casos urgentes de guerra habrá 4 | + | 12. Assí el cura como el comp[añer]o tienen licencia p[ar]a ir de una Doctrina a otra y podrán dormir una noche en ellas, mas nunca se ha de dejar la Doctrina sin Padre que pueda satisfacer a los ministerios. <br> |
| − | + | 13. No se combide a Pe. de otra Doctrina antes | |
| − | Vruguay [h]acia [ar]riva y otro en el Paraná río arriva y | ||
| − | cada uno de ellos tendrá dos | ||
| − | |||
| − | 11. No se despache valsa ni canoa alguna sin | ||
| − | del Superior y los PP. que cuydan de las Doctrinas de | ||
| − | Ituapa y Tapaya visitarán todas las balsas y canoas | ||
| − | y si alteren cartas encubiertas que no están | ||
| − | |||
| − | |||
| − | remitieron abiertas las registrarán y no hallando | ||
| − | inconveniente, las cerraran y dejarán pasar. | ||
| − | 12. Assí el | ||
| − | ir de una Doctrina a otra y podrán dormir una | ||
| − | noche en ellas, mas nunca se ha de dejar la | ||
| − | Doctrina sin Padre que pueda satisfacer a los ministerios. | ||
| − | 13. No se combide a Pe de otra Doctrina antes | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
| Footer (noinclude): | Footer (noinclude): | ||
| Line 1: | Line 1: | ||
| − | <references/> | + | <references/> {{TurnPage}} |
Latest revision as of 14:06, 19 January 2023
y assimismo un administrador cada uno de los Superiores; y cuando como a tales se les escribiere alguna cosa tocante a su offico pondrán al pie
del s[ob]re escrito una A mayúscula y el superior no las podrá leer.
10. Para los casos urgentes de guerra habrá 4 superintendentes señalados por el Pe. Prov.l uno en el Vruguay [h]acia [ar]riva y otro en el Paraná río arriva y cada uno de ellos tendrá dos consultores para los casos de guerra.
11. No se despache valsa ni canoa alguna sin liz[enci]a del Superior y los PP. que cuydan de las Doctrinas de Ituapa y Tapaya visitarán todas las balsas y canoas[1] y si alteren cartas encubiertas que no están selladas con sello del Pe. Superior las embargarán y remitirán al Pe. Superior y las cartas que a los PPs. remitieron abiertas las registrarán y no hallando inconveniente, las cerraran y dejarán pasar.
12. Assí el cura como el comp[añer]o tienen licencia p[ar]a ir de una Doctrina a otra y podrán dormir una noche en ellas, mas nunca se ha de dejar la Doctrina sin Padre que pueda satisfacer a los ministerios.
13. No se combide a Pe. de otra Doctrina antes
- ↑ B. Ibañez Echávarri, El Reyno Jesuitico, 65. Na transcrição que Ibañez faz no El Reyno os comes dos povos são Itapua e Yapeú.