Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/212"
(2 intermediate revisions by 2 users not shown) | |||
Page body (to be transcluded): | Page body (to be transcluded): | ||
Line 1: | Line 1: | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
− | en estos generos. | + | en estos generos. <br> |
− | + | Resp[ues]ta: Que será especie de negociación, si no siendo frutos | |
− | proprios, se compran o adquieren por vía de algún | + | proprios, se compran o adquieren por vía de algún contrato a fin de veneficiarlos y venderlos con ganancia. <br> |
− | + | 12[<sup>a</sup>]. Si será negociazión o especie de ella de los proprios frutos que se cogen en un Collegio dar, v. g., el trigo a los seglares p[ar]a que estos lo manden amasar en sus casas y lo vendan como suyo proprio, pagando éste el trabajo a los mismos seglares q[u]e lo beneficiaron? <br> | |
− | 12[a] Si será negociazión o especie de ella de los proprios frutos | + | Resp[ues]ta: Que no será negociación ni especie de ella; pero sera contra orden por estar ordenado en esta Prov[inci]a que no se haga |
− | que se cogen en un Collegio dar v. g. el trigo a los seglares | + | atendiendo a la mayor decencia de n[uest]ro estado. <br> |
− | que estos lo manden amasar en sus casas y lo vendan como | + | 13[<sup>a</sup>]. Si será negociación o especie de ella, hacer para vender carretas, sillas, ladrillos, texas, frenos, espuelas etc. no por medio de propios esclavos, sino de otras personas pagad[a]s y conducidas a este fin. <br> |
− | suyo proprio, pagando éste el trabajo a los mismos seglares | + | Resp[ues]ta: Que será especie de negociaz[ió]n si se compran los materiales, fueron frutos o cuasi frutos proprios. <br> |
− | lo beneficiaron? | + | 14[<sup>a</sup>]. Si será negociaz[ió]n o especie de ella mandar hacer faxas, o ceñidores a los seglares por su paga o comprarlos hechos con intención de remitir porción de estos géneros al puerto de Buenos Ayres y allí comprar ruán, ropa etc. o al Paraguay |
− | |||
− | |||
− | atendiendo a la mayor decencia de | ||
− | 13[a] Si será negociación o especie de ella, hacer para vender | ||
− | carretas, sillas, ladrillos, texas, frenos, espuelas | ||
− | por medio de propios esclavos, sino de otras personas | ||
− | y conducidas a este fin. | ||
− | |||
− | fueron frutos o cuasi frutos proprios. | ||
− | 14[a] Si será | ||
− | ceñidores a los seglares por su paga o comprarlos hechos | ||
− | con intención de remitir porción de estos géneros al puerto de | ||
− | Buenos Ayres y allí comprar ruán, ropa | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
Footer (noinclude): | Footer (noinclude): | ||
Line 1: | Line 1: | ||
− | <references/> | + | <references/> {{TurnPage}} |
Latest revision as of 10:39, 8 August 2021
en estos generos.
Resp[ues]ta: Que será especie de negociación, si no siendo frutos
proprios, se compran o adquieren por vía de algún contrato a fin de veneficiarlos y venderlos con ganancia.
12[a]. Si será negociazión o especie de ella de los proprios frutos que se cogen en un Collegio dar, v. g., el trigo a los seglares p[ar]a que estos lo manden amasar en sus casas y lo vendan como suyo proprio, pagando éste el trabajo a los mismos seglares q[u]e lo beneficiaron?
Resp[ues]ta: Que no será negociación ni especie de ella; pero sera contra orden por estar ordenado en esta Prov[inci]a que no se haga
atendiendo a la mayor decencia de n[uest]ro estado.
13[a]. Si será negociación o especie de ella, hacer para vender carretas, sillas, ladrillos, texas, frenos, espuelas etc. no por medio de propios esclavos, sino de otras personas pagad[a]s y conducidas a este fin.
Resp[ues]ta: Que será especie de negociaz[ió]n si se compran los materiales, fueron frutos o cuasi frutos proprios.
14[a]. Si será negociaz[ió]n o especie de ella mandar hacer faxas, o ceñidores a los seglares por su paga o comprarlos hechos con intención de remitir porción de estos géneros al puerto de Buenos Ayres y allí comprar ruán, ropa etc. o al Paraguay