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giosos y otros huespedes, conviene entablar que assi en n[uest]ras casas como en las del Pueblo: se prebenga d[ic]ha diligencia en las vispiras de las fiestas porque como suelen concurrir tantos a ella; en amaneciendo Dios [sic] se da ocacion p[ar]a que se presuma que les permitimos el trabajar, y carpitear como si no les obligasen las fiestas.<br> | giosos y otros huespedes, conviene entablar que assi en n[uest]ras casas como en las del Pueblo: se prebenga d[ic]ha diligencia en las vispiras de las fiestas porque como suelen concurrir tantos a ella; en amaneciendo Dios [sic] se da ocacion p[ar]a que se presuma que les permitimos el trabajar, y carpitear como si no les obligasen las fiestas.<br> | ||
− | 19. Ya saben V. R.s que no cumple el Cura con su oblig[aci]on con solo dar el viatico y extrema uncion al enfermo sino que es menester assistirle conforme a su necessidad como aun a todos los sacerdotes se nos encarga en las Reglas; y que si durare la enferm[ida]d se tenga cuidado de assistirle, y reco[n]siliarle, y darle la comunion q[uan]do la necessidad y consuelo del enfermo lo pidieren; ya referir acerca desto en algunas juntas algunos casos particulares con que a mostrado Dios quam importante sea la guarda deste orden, y juntam[en]te aduertir como q[uan]do en tre[s] semana[s] viene algun indio, o india a confesarse y comulgar por su consuelo y devocion, v.g., por ser dia de su santo de devocion, o por algun trabajo, o por auer de ir fuera del Pueblo; se les debe recebir con agrado, y no dilatarle el consuelo sino fuere que otras ocupacionos [sic] mas presissas, o la indispocision del postulante (que sucedera raras veces) lo impiden; y entonces se les a de entrar de como no queda por falta de deceo de consolarlo etc.a; y si a | + | 19. Ya saben V. R.s que no cumple el Cura con su oblig[aci]on con solo dar el viatico y extrema uncion al enfermo sino que es menester assistirle conforme a su necessidad como aun a todos los sacerdotes se nos encarga en las Reglas; y que si durare la enferm[ida]d se tenga cuidado de assistirle, y reco[n]siliarle, y darle la comunion q[uan]do la necessidad y consuelo del enfermo lo pidieren; ya referir acerca desto en algunas juntas algunos casos particulares con que a mostrado Dios quam importante sea la guarda deste orden, y juntam[en]te aduertir como q[uan]do en tre[s] semana[s] viene algun indio, o india a confesarse y comulgar por su consuelo y devocion, v.g., por ser dia de su santo de devocion, o por algun trabajo, o por auer de ir fuera del Pueblo; se les debe recebir con agrado, y no dilatarle el consuelo sino fuere que otras ocupacionos [sic] mas presissas, o la indispocision del postulante (que sucedera raras veces) lo impiden; y entonces se les a de entrar de como no queda por falta de deceo de consolarlo etc.a; y si a lo dicho debemos hazer todos por pedirlo assi n[uest]ro instituto, facil es de ver q[uan]do mas lo deben hazer los Curas por su oficio.<br> |
20. No se predique sin especial licencia del Sup[eri]or en otros dias fuera de los que ponen en las costumbres de las Doctrinas; y escusense novedades no aprobadas por los Provinciales, como el predicar tal vez con el Santiss[im]o Sacram[en]to en las manos; el permitir que se cante el "Credo" q[uan]do los prohiben las rubricas; el descubrir el Santiss[im]o quando le parece al Cura, etc.a.<br> | 20. No se predique sin especial licencia del Sup[eri]or en otros dias fuera de los que ponen en las costumbres de las Doctrinas; y escusense novedades no aprobadas por los Provinciales, como el predicar tal vez con el Santiss[im]o Sacram[en]to en las manos; el permitir que se cante el "Credo" q[uan]do los prohiben las rubricas; el descubrir el Santiss[im]o quando le parece al Cura, etc.a.<br> | ||
21. En la Missa de Difuntos que se canta cada mes se diran tres oraciones como se acostumbra comunm[en]te y no una sola; y q[uan]do se canta la letaniam se rematara la oracion con solo <hi rend="underline">Per eundem Xptum D[omi]num n[ost]rum</hi>, sino con la clausula <hi rend="underline">Per eundem D[omi]num n[ost]rum Iesum Xptum qui tecu[m] etc.a</hi> porque assi se debe hazer q[uan]do despues de la oracion se dice <hi rend="underline">D[omi]nus Vobiscum</hi>. Despues del "Sanctus" | 21. En la Missa de Difuntos que se canta cada mes se diran tres oraciones como se acostumbra comunm[en]te y no una sola; y q[uan]do se canta la letaniam se rematara la oracion con solo <hi rend="underline">Per eundem Xptum D[omi]num n[ost]rum</hi>, sino con la clausula <hi rend="underline">Per eundem D[omi]num n[ost]rum Iesum Xptum qui tecu[m] etc.a</hi> porque assi se debe hazer q[uan]do despues de la oracion se dice <hi rend="underline">D[omi]nus Vobiscum</hi>. Despues del "Sanctus" |
Latest revision as of 13:10, 18 June 2021
giosos y otros huespedes, conviene entablar que assi en n[uest]ras casas como en las del Pueblo: se prebenga d[ic]ha diligencia en las vispiras de las fiestas porque como suelen concurrir tantos a ella; en amaneciendo Dios [sic] se da ocacion p[ar]a que se presuma que les permitimos el trabajar, y carpitear como si no les obligasen las fiestas.
19. Ya saben V. R.s que no cumple el Cura con su oblig[aci]on con solo dar el viatico y extrema uncion al enfermo sino que es menester assistirle conforme a su necessidad como aun a todos los sacerdotes se nos encarga en las Reglas; y que si durare la enferm[ida]d se tenga cuidado de assistirle, y reco[n]siliarle, y darle la comunion q[uan]do la necessidad y consuelo del enfermo lo pidieren; ya referir acerca desto en algunas juntas algunos casos particulares con que a mostrado Dios quam importante sea la guarda deste orden, y juntam[en]te aduertir como q[uan]do en tre[s] semana[s] viene algun indio, o india a confesarse y comulgar por su consuelo y devocion, v.g., por ser dia de su santo de devocion, o por algun trabajo, o por auer de ir fuera del Pueblo; se les debe recebir con agrado, y no dilatarle el consuelo sino fuere que otras ocupacionos [sic] mas presissas, o la indispocision del postulante (que sucedera raras veces) lo impiden; y entonces se les a de entrar de como no queda por falta de deceo de consolarlo etc.a; y si a lo dicho debemos hazer todos por pedirlo assi n[uest]ro instituto, facil es de ver q[uan]do mas lo deben hazer los Curas por su oficio.
20. No se predique sin especial licencia del Sup[eri]or en otros dias fuera de los que ponen en las costumbres de las Doctrinas; y escusense novedades no aprobadas por los Provinciales, como el predicar tal vez con el Santiss[im]o Sacram[en]to en las manos; el permitir que se cante el "Credo" q[uan]do los prohiben las rubricas; el descubrir el Santiss[im]o quando le parece al Cura, etc.a.
21. En la Missa de Difuntos que se canta cada mes se diran tres oraciones como se acostumbra comunm[en]te y no una sola; y q[uan]do se canta la letaniam se rematara la oracion con solo Per eundem Xptum D[omi]num n[ost]rum, sino con la clausula Per eundem D[omi]num n[ost]rum Iesum Xptum qui tecu[m] etc.a porque assi se debe hazer q[uan]do despues de la oracion se dice D[omi]nus Vobiscum. Despues del "Sanctus"