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quieran serlo: y aun llega a ser motivo para que algunos de la Prov[inci]a consiban horor a vivir en las Reducciones: daño bien considerable que suele tener su [o]rigen en la falta de caridad o aspara condicion de algun Cura, que no co[n]sidera segun n[uest]ra Regla a Xpto N[uest]ro S[eño]r en su hermano, que su Mag.d le a dado para Confesor y P[adr]e de su espiritu, consejero en sus dudas y admonitor en sus descuidos; sino es que presuma contra las leies de la humildad ser contra su autoridad que el Comp[añer]o le advierta, quando n[uest]ro instituto señala aun al G[enera]l de la Comp[añi]a un Admonitor a quien debe oir grato, sino a de faltar a su officio. Ni es espiritu de pobreza querer que quanto se da en el Pueblo pase por su mano excluiendo de todas las limosnas al Comp[añer]o pues tambien es necesario que tenga con que acudir a los pobles quien tambien cuida de sus almas, de mandarles en la parte que el p[adr]e comp[añer]o debe aiudar en lo temporal, y conbiene, que con union de boluntades repartan entre los dos estos cuidados, con lo qual no quedara tanto exterior para uno, y el otro no cargara solo los exercicios mentales, con que algunos sienten lastimada la cabeza. Verda[de]s, es que en esto la eleccion a de estar en el que tiene el cargo de la Reduccion, el qual si reconosce que el comp[añer]o tiene menos prudencia de la que conviene en dadibas, y limosnas tratara con el P.e Sup.or del remedio informandole de casos particulares, y ya que llego a este punto sustancial en n[uest]ra Comp[añi]a de avisar al sup[eri]or las faltas deseo mucho no se introduzga una politica por la qual desimulen algunas faltas dignas de remedio en los otros com pretexto de conservar la paz necessaria entre dos, que viven en una Doctrina; dictamen expuesto a perjudiciales riesgos pues lo que al principio sin dificuldad pudiera enmendarse llega con el tiempo a crecer de suerte, que solo puede con grave dolor cortarse. Claro esta, que a de avisarse con la maior cautela y que el Pe. Sup.or a de valerse de los mas prudentes medios disimulando hasta la ocasion mas oportuna no para permitirla sino para curar con mas provecho y menos riesgos; pero ocultarla seria hazerse complice. Y por tanto el sup[eri]or debe quando hallare alguno que en esto falta a tan precisa obligacion corregirle segun la grave-

quieran serlo: y aun llega aser motivo paraque algunos dela Prov.a consiban horor avi
vir enlas Reducciones: daño bien considerable quesuele tener surigen enla falta de ca
ridad o aspara [sic] condicion de algun Cura, queno co[n]sidera segun ñra Regla a Xpto ñro
S.r ensu Hermano, quesu Mag.d leadado para Confesor y P.e desu espiritu, conseje
ro ensus dudas y admonitor ensus descuidos; sino esque presuma contra las leies
dela humildad ser contra su autoridad que el Comp.o un Admonitor a quien
debe le advierta, quando ñro instituto señala aun al G.l dela Comp.a un Ad
monitor aquien debe oirgrato, sino adefaltar a su officio. Nies espiritu depobre
za querer que quanto seda enel Pueblo pase porsumano excluiendo de todas
las Limosnas al Comp.o pues tambien es necesario quetenga conque acudir a
los Pobles quien tambien cuida desus almas, de mandar les enlaparte que el P.e
comp.o debe aiudar enlo temporal, y conbiene, quecon union deboluntades re
partan entrelos dos estos cuidados, conloqual noquedara tanto exterior para u
no, y el otro no cargara solo los exercicios mentales, con que algunos sienten lastima
da la cabeza. Verdas, es queenesto la eleccion a de estar en elque tiene el cargo dela
Reduccion, el qual si reconosce que el comp.o tiene menos prudencia delaqueconvie
ne en dadibas, y limosnas tratara con el P.e Sup.or del remedio informando
le de casos particulares, y ya que llego a este punto sustancial en ñra Comp.a dea
visar al Sup.or las faltas deseo mucho nose introduzga una politica porlaqual
desimulen algunas faltas dignas de remedio enlosotros compretexto deconser
var lapaz necessaria entredos, que viven en una Doctrina; dictamen expuesto a
per judiciales riesgos pues loque al principio sindificultad pudiera enmen
darse llega con el tiempo a crecer de suerte, que solo puede con grave dolor cortar
se. Claro esta, que a de avisarse conla maior cautela y que el P.e Sup.or a
de valerse delos mas prudentes medios disimulando hasta la ocasion mas o
portuna no para permitirla sino para curar con mas provecho y menos riesgos;
pero ocultarla seria hazerse complice. Y por tanto el Sup.or debe quando halla
re alguno que en esto falta a tan precisa obligacion corregirle segun la grave

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