de los da[n]zantes lo aprueva, y aña[de]: Solo occure añadir que lo que V. R.a segun me avian dexo permitido, que pudiesen comprar paños de Londres, y de Olanda, y finos de Segovia tiene los mesmos inconvenientes de gasto, y profanidad, que las telas de seda, y asi se les deven tambien prohibir[1].
2. Aviendole avisado a Nuestro la prohibicion del aguardiente añade Nuestro Padre para que los Padres tengan lo necesario del genero hasta que en una de las Doctrinas se saque, y que el Superior dellas reparta a los Padres lo que hubieren menester. Pero por que los Padres escriven casi todos afirman[do] que el aguardiente es a los indios remedio utilissimo, y aun necessario para las picaduras de viboras encargo que a los Padres no se de con medida tan corta, que no les sobre algo para poder dar a los indios que necessitaron del por medicina de las picaduras. Yo añadiera de los pasmos, que son mas ordinarios, y necessitandose medim[en]to
3. Aviendo llegado a manos de su Paternidad varios informes contra el Collegio de las Corrientes, ò por mejor dezir contra el enbio de los indios pagas suyas, y gastos que las Doctrinas hazian en favor de aquella fundacion con menos cabo proprio dize N.ro Padre ordeno. Lo 1.o que solo se enbien cada mes 24 indios de las Reducciones: que siendo estas 24 y tan numerosas a da una le viene a tocar en un año por espacio de solo un mes en lo qual no puede tener les inconvenientes que se ponderar. Lo 2.o que sin expressa orden del Padre Prov[incia]l no se les embie a los Padres de la Corrientes cosa alguna para su sustento, ô vestido: porque assi se medira a la necessidad, quando fuere necessaria alguna limosna de las Doctrinas para la asistencia de los sugetos, que viven en aquella fundacion: Lo 3.o dize al Prov[incia]l que V. R. encargue al Superior, y p[adr]es de la fundacion, que tenga[n] y guarde[n] cuydado de
- ↑ B. Ibañez de Echávarri, El Reyno Jesuitico, 30-31. Ibañez, porém, diz que estas ordens são do Pe. Juan Baptista Zea e não de Simón de León como aqui se indica. Obs.: esta citação é indicada de modo genérico por Ibañez na p. 28 e, de maneira literal, na p. 30-31 de sua obra.