Page:Ordenes Salamanca.djvu/220

From GATE
The printable version is no longer supported and may have rendering errors. Please update your browser bookmarks and please use the default browser print function instead.
This page has not been proofread

sebo p[ar]a hacer jabón, no para el gasto ordinario, sino p[ar]a bender principalm[en]te, quando el d[ic]ho jabón y sus cenizas se costean con gente alquilada para el efecto, y no con proprios esclavos?
Resp[ues]ta: Que será negociación o especie de ella.
32[a]. Si sera negociación o especie de ella, transportar continuam[en]te los géneros de una ciudad a otra y permutarlos con crecidos abanzes vendiendo, v. g., a 8, a 10 y a 12 r[eale]s la vara de lienzo que compró a quatro, y a este modo en los demás géneros de yerva, sal, cera, azúcar o tabaco, etc.
Resp[ues]ta: Que a lo menos será especie de negociación quando no son frutos propios y si se compran o permutan dichos géneros con ánimo de venderlos a mayor precio, será negociación rigurosa.
33[a]. Si será negociazión o especie de ella comprar con conveniencia ropa y otros géneros de Buenos Ayres, v. g., para darla después en paga en las Corrientes a la gente que se alquila para sacar el ganado de las baquerías por no correr plata o correr muy poca en dicha ciudad?
Resp[ues]ta: Que no será negociación ni especie de ella comprar d[ic]ha ropa para el susod[ic]ho de fin para el susod[ic]ho, si se hace sin ánimo [de] lucro y por no haver en las Corrientes