Difference between revisions of "Page:Ordenes AGN.pdf/90"

From GATE
 
(2 intermediate revisions by 2 users not shown)
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes AGN]]
 
[[Category:Ordenes AGN]]
fundamentos, ô documentos, que presentar, todo en escrito lo entreguen al P[adre] Superior para el fin, que immediatamente se explicara.<br>
+
fundamentos, ô documentos, que presentar, todo en escrito lo entreguen al P. Superior para el fin, que immediatamente se explicara.<br>
4<sup>o</sup>: El P[adre] Superior, passado que sea aquel termino, con persona segura original, cerrada y<ref>Alia manu: [[aliaManu::B]]. A expressão "cerrada y" é um acréscimo de uma mão diversa.</ref> sellada remita al P[adre] Provincial, y sino está su Rev[erendísim]a en Cordova, â quien ha señalado en su lugar, la sentencia, que los jueces dieron, los fundamentos, instrumentos, y pruebas, que las partes alegaron, y los que en el termino concedido huvieren nuevam[en]te alegado.<br>
+
4<sup>o</sup>: El P. Superior, passado que sea aquel termino, con persona segura original, cerrada y<ref>Alia manu: [[aliaManu::B]]. A expressão "cerrada y" é um acréscimo de uma mão diversa.</ref> sellada remita al P. Provincial, y sino está su Rev.a en Cordova, â quien ha señalado en su lugar, la sentencia, que los jueces dieron, los fundamentos, instrumentos, y pruebas, que las partes alegaron, y los que en el termino concedido huvieren nuevam[en]te alegado.<br>
5<sup>o</sup>: El P[adre] Prov[incia]l, ô sino está en Cordova, quien [h]ai está en su lugar, con los P[adre]s Consultores de Prov[inci]a ordinarios, y ad graviora, todos con voto decisivo en este punto, vean, y juzguen 2<sup>a</sup> vez esta causa, y la sentencia dada; y la sentencia, que diere el maior numero de votos, essa sea definitiva, y irrevocable, ni pueda por los P[adres] Prov[inciale]s, ni por los Visitadores, ni por alguno otro revocarse, ni alterarse, etiam per viam concordiae, exceptuando solam[en]te el caso, de que ciertam[ien]te conste, que es injusta, y esto avisandome primero las razones, y fundamentos, que hazen cierto el agravio de la parte, contra quien se dio sentencia, y esperando mi respuesta. He dicho <hi rend="underline">ciertamente</hi>, para excluir puras probabilidades, aunque sean mui fundadas, â las quales si se da lugar, seran los pleitos interminables. Añado, que quando no esten en Cordova los Consultores todos señalados, ô quando por legitimo impedim[en]to no pudiere alguno ver, y juzgar la causa, quiero, q[ue] entonces entren con voto decisivo, [h]asta llenar el numero de los 7, los P[adres] Procuradores de Prov[inci]a, y M[aest]ro de Theologia del Colegio Maximo.
+
5<sup>o</sup>: El P. Prov.l, ô sino está en Cordova, quien ai está en su lugar, con los PPs. Consultores de Prov[inci]a ordinarios, y ad graviora, todos con voto decisivo en este punto, vean, y juzguen 2<sup>a</sup> vez esta causa, y la sentencia dada; y la sentencia, que diere el maior numero de votos, essa sea definitiva, y irrevocable, ni pueda por los PP. Prov.s, ni por los Visitadores, ni por alguno otro revocarse, ni alterarse, etiam per viam concordiae, exceptuando solam[en]te el caso, de que ciertam[ien]te conste, que es injusta, y esto avisandome primero las razones, y fundamentos, que hazen cierto el agravio de la parte, contra quien se dio sentencia, y esperando mi respuesta. He dicho <hi rend="underline">ciertamente</hi>, para excluir puras probabilidades, aunque sean mui fundadas, â las quales si se da lugar, seran los pleitos interminables. Añado, que quando no esten en Cordova los Consultores todos señalados, ô quando por legitimo impedim[en]to no pudiere alguno ver, y juzgar la causa, quiero, q[ue] entonces entren con voto decisivo, asta llenar el numero de los 7, los PP. Procuradores de Prov[inci]a, y M[aest]ro de Theologia del Colegio Maximo.
 
[[Category:Ordenes AGN]]
 
[[Category:Ordenes AGN]]
Footer (noinclude):Footer (noinclude):
Line 1: Line 1:
<references/>
+
<references/> {{TurnPage}}

Latest revision as of 20:53, 13 August 2021

This page has not been proofread

fundamentos, ô documentos, que presentar, todo en escrito lo entreguen al P. Superior para el fin, que immediatamente se explicara.
4o: El P. Superior, passado que sea aquel termino, con persona segura original, cerrada y[1] sellada remita al P. Provincial, y sino está su Rev.a en Cordova, â quien ha señalado en su lugar, la sentencia, que los jueces dieron, los fundamentos, instrumentos, y pruebas, que las partes alegaron, y los que en el termino concedido huvieren nuevam[en]te alegado.

5o: El P. Prov.l, ô sino está en Cordova, quien ai está en su lugar, con los PPs. Consultores de Prov[inci]a ordinarios, y ad graviora, todos con voto decisivo en este punto, vean, y juzguen 2a vez esta causa, y la sentencia dada; y la sentencia, que diere el maior numero de votos, essa sea definitiva, y irrevocable, ni pueda por los PP. Prov.s, ni por los Visitadores, ni por alguno otro revocarse, ni alterarse, etiam per viam concordiae, exceptuando solam[en]te el caso, de que ciertam[ien]te conste, que es injusta, y esto avisandome primero las razones, y fundamentos, que hazen cierto el agravio de la parte, contra quien se dio sentencia, y esperando mi respuesta. He dicho ciertamente, para excluir puras probabilidades, aunque sean mui fundadas, â las quales si se da lugar, seran los pleitos interminables. Añado, que quando no esten en Cordova los Consultores todos señalados, ô quando por legitimo impedim[en]to no pudiere alguno ver, y juzgar la causa, quiero, q[ue] entonces entren con voto decisivo, asta llenar el numero de los 7, los PP. Procuradores de Prov[inci]a, y M[aest]ro de Theologia del Colegio Maximo.

  1. Alia manu: B. A expressão "cerrada y" é um acréscimo de uma mão diversa.