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− | <center><big>Preceptos del P | + | <center><big>Preceptos de N.ros PPs. Generales y Provinciales que immediatam[en]te a los PPs. que viven en las Doctrin[a]s en varias mterias con sus declaraciones</big></center><br> |
+ | <center><big>Preceptos del P. General [[Name::Michelangelo Tamburini|Miguel Angel Tamburini]]</big></center><br> | ||
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− | 1<sup>o</sup>. Manda Su Paternidad en virtud de santa obediencia debajo de pecado mortal, que ninguno saque a los indios forzados, y contra su voluntad de sus territorios, o Pueblos, haziendo que vaian â morar a otro.<br> | + | <ref>Anotação na margem direita: "Sacar los indios forzados â otras tierras".</ref>1<sup>o</sup>. Manda Su Paternidad en virtud de santa obediencia debajo de pecado mortal, que ninguno saque a los indios forzados, y contra su voluntad de sus territorios, o Pueblos, haziendo que vaian â morar a otro.<br> |
Declarò Su Patern[ida]d que no es contra este precepto el sacarlos quando se juzga conveniente para bien suio como dividir los Pueblos, ô si su cazique se quiere mudar, impedirles que los sigan, ô desterrar de un Pueblo los delinquentes. Solo se mira con el precepto â que los indios no padezcan vexacion.<br> | Declarò Su Patern[ida]d que no es contra este precepto el sacarlos quando se juzga conveniente para bien suio como dividir los Pueblos, ô si su cazique se quiere mudar, impedirles que los sigan, ô desterrar de un Pueblo los delinquentes. Solo se mira con el precepto â que los indios no padezcan vexacion.<br> | ||
− | 2<sup>o</sup>. Que ninguno les obligue â otro servicio personal que aquel que estan obligados â dar al Rey quando en su nombre lo piden sus reales Governadores.<br> | + | <ref>Anotação na margem direita: "Servicio personal".</ref>2<sup>o</sup>. Que ninguno les obligue â otro servicio personal que aquel que estan obligados â dar al Rey quando en su nombre lo piden sus reales Governadores.<br> |
− | Declarò el | + | Declarò el Pe. Visitador Antonio Garriga que se entiende especialm[en]te del servicio personal de los indios en obsequio de los PPs. Mission[eros], sirviendo de ellos con excesso en sus casas y caminos segun consta de la carta de Su Paternidad |
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[1]1o. Manda Su Paternidad en virtud de santa obediencia debajo de pecado mortal, que ninguno saque a los indios forzados, y contra su voluntad de sus territorios, o Pueblos, haziendo que vaian â morar a otro.
Declarò Su Patern[ida]d que no es contra este precepto el sacarlos quando se juzga conveniente para bien suio como dividir los Pueblos, ô si su cazique se quiere mudar, impedirles que los sigan, ô desterrar de un Pueblo los delinquentes. Solo se mira con el precepto â que los indios no padezcan vexacion.
[2]2o. Que ninguno les obligue â otro servicio personal que aquel que estan obligados â dar al Rey quando en su nombre lo piden sus reales Governadores.
Declarò el Pe. Visitador Antonio Garriga que se entiende especialm[en]te del servicio personal de los indios en obsequio de los PPs. Mission[eros], sirviendo de ellos con excesso en sus casas y caminos segun consta de la carta de Su Paternidad