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guno se descubrieren Vastante indicios se le daran graues penitencias; y Juntam.te les avisara V.R.a que no se impiden escriban al Gen.l ò al Prov.l lo que se para su consuelo, ò servicio de su Divina Magestad, ò bien de la Compañia Juzgaren por conveniente, como se alo que el espiritu santo les ha comunicado a solas.

Carta de Nuestro Padre Mucio
de 25 Septiembre de 1638

Aun que en el decreto Segundo de la