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<center><big>Carta de N. P. Gen.l [[Name::Claudio Acquaviva|Claudio Aquaviva]] para el Pe. Pedro de Oñate<ref>Oñate, Pedro de, sacerdote, * 07.01.1567 (Valladolid, Espanha) e + 31.12.1646 (Lima, Perú); no dia 12.03.1586 (Toledo) ingressou na SJ; chegou ao Paraguai em 18.X.1604 e foi provincial entre 1615-1623 (Storni, 205)</ref> Provincial desta Provincia de 16 de julio de 1623<ref>Há provavelmente um equívoco na data porque o governo de Acquaviva foi entre os anos de 1581 e 1615; Oñate, por sua vez, foi provincial da antigo Província do Paraguai entre 1615 e 1624.</ref> en que explica y declara la regla <hi rend="underline">22</hi> Sacerdotum<ref>Institutum Societatis Iesu (Inst. Soc. Iesu), v. III: Regulae, Ratio Studiorum, Ordinationes, Instructiones Industriae, Exercitia, Directorum, Florentiae 1893, 14.</ref>.</big> </center><br><br>
 
<center><big>Carta de N. P. Gen.l [[Name::Claudio Acquaviva|Claudio Aquaviva]] para el Pe. Pedro de Oñate<ref>Oñate, Pedro de, sacerdote, * 07.01.1567 (Valladolid, Espanha) e + 31.12.1646 (Lima, Perú); no dia 12.03.1586 (Toledo) ingressou na SJ; chegou ao Paraguai em 18.X.1604 e foi provincial entre 1615-1623 (Storni, 205)</ref> Provincial desta Provincia de 16 de julio de 1623<ref>Há provavelmente um equívoco na data porque o governo de Acquaviva foi entre os anos de 1581 e 1615; Oñate, por sua vez, foi provincial da antigo Província do Paraguai entre 1615 e 1624.</ref> en que explica y declara la regla <hi rend="underline">22</hi> Sacerdotum<ref>Institutum Societatis Iesu (Inst. Soc. Iesu), v. III: Regulae, Ratio Studiorum, Ordinationes, Instructiones Industriae, Exercitia, Directorum, Florentiae 1893, 14.</ref>.</big> </center><br><br>
Con lo que N. B. Pe. trata de la pobreza en varios lugares de las constitutiones, y con lo que della se dice en las reglas, y con diversas ordenaciones, que emos embiado, nos parecia teniamos complido con la obligacion, que nos corre de que este muro por ninguna parte se desportille; mas como el comun adversario interesa tanto en hecharle por tierra, usando cada dia de varios modos, e inteligencias para con fingido color abrir la puerta a varios abusos menos preciadores de la perfeccion de la santa pobreza, nos emos halliado obligados adbuiar de nuevo un inconveniente, que para nosotros a sido bien nuevo el usarse; pues la regla <hi rend="underline">22</hi> de los Sacerdotes tan claramente lo prohibe aun en casas mas apretadas. Somos informados de que algunos de los nuestros reciben (sin particular licencia del Superior) dineros de parientes, ò conocidos para repartirlos, y darlos in specie, ò en cosas compradas con ellos a las personas, y del modo y manera que les pareciere, y esto no en nombre suyo proprio; sino de los que dieron el dinero, con lo qual les pareçe que sus consiensas quedan seguras; y que no hazen cosa que contradiga a nuestras reglas; siendo todo muy al contrario, pues como acabamos de decir, la regla <hi rend="underline">22</hi> de los Sacerdotes lo prohibe aun para dar de limosna, o hazer alguna restitution y por si acaso a alguno no le hizie[re] tanta fuerza la regla (lo qual no creemos) y se arrimasse al parecer de algun doctores que ‘nseñan no ser esto contra el voto de la pobreza; es bien que entiendan todos, que esta Doctrina no se deue practicar en nuestra Compañia; ni tenemos por bien que se pratique en manera alguna; porque ultra de su poca seguridad, y de que quien la praticasse haria contra obediencia va derechamente contra el rigor de n[uest]ra pobreza, cuya estrechura tenemos los professos voto[s] de procurar y de ninguna manera
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Con lo que N. B. Pe. trata de la pobreza en varios lugares de las constitutiones, y con lo que della se dice en las reglas, y con diversas ordenaciones, que emos embiado, nos parecia teniamos complido con la obligacion, que nos corre de que este muro por ninguna parte se desportille; mas como el comun adversario interesa tanto en hecharle por tierra, usando cada dia de varios modos, e inteligencias para con fingido color abrir la puerta a varios abusos menos preciadores de la perfeccion de la santa pobreza, nos emos halliado obligados adbuiar de nuevo un inconveniente, que para nosotros a sido bien nuevo el usarse; pues la regla <hi rend="underline">22</hi> de los Sacerdotes tan claramente lo prohibe aun en casas mas apretadas. Somos informados de que algunos de los nuestros reciben (sin particular licencia del Superior) dineros de parientes, ò conocidos para repartirlos, y darlos in specie, ò en cosas compradas con ellos a las personas, y del modo y manera que les pareciere, y esto no en nombre suyo proprio; sino de los que dieron el dinero, con lo qual les pareçe que sus consiensas quedan seguras; y que no hazen cosa que contradiga a nuestras reglas; siendo todo muy al contrario, pues como acabamos de decir, la regla <hi rend="underline">22</hi> de los Sacerdotes lo prohibe aun para dar de limosna, o hazer alguna restitution y por si acaso a alguno no le hizie[re] tanta fuerza la regla (lo qual no creemos) y se arrimasse al parecer de algun doctores que ‘nseñan no ser esto contra el voto de la pobreza; es bien que entiendan todos, que esta Doctrina no se deue practicar en nuestra Compañia; ni tenemos por bien que se pratique en manera alguna; porque ultra de su poca seguridad, y de que quien la praticasse haria contra obediencia va derechamente contra el rigor de n[uest]ra pobreza, cuya estrechura tenemos los professos voto[s] de procurar y de ninguna manera -->
  
 
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Latest revision as of 10:36, 10 July 2023

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