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ferez Reakm siete Regidores y su Secretaria. Del poder y autoridad de este respetable Senado se podrá hacer juicio por el Decreto siguiente del Padre Provincial Thomás Donvidas (8): Que no se consienta que el Corregidor, ú otra persona del Cabildo haga averiguaciones de delitos, ni passen á castigo alguno por sí mismos, ni se lo permitan Vs. Rs. por inconvenientes que se han experimentado, sino que corra asi la a averiguacion, como el castigo del delito por la direccion del Padre y orden suyo, porque los Indios han mostrado en algunos Pueblos deseo de introducirse en el Gobierno Politico contra la autoridad de los Padres. Basta executen lo que se les ordenare, y esto con asistencia del Padre. Cumplese aqui á la letra el proverbio: Ved como subo de Juez á Verdugo; porque si el Corregidor y su Cabildo basta executen lo que ordena el Padre, y eso en su presencia, por mas que tengan el nombre de Jueces, solo gozan la realidade de Verdugos, ú Oficiales Executores...