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Vestidos de Cabildo, y Danzantes.


Lo quarto, desde ese tiempo no hay cosa mas comun, que prohibiciones de los Padres Provinciales para que no se compre mas de estas cosas (9): Por estár las Iglesias de los Pueblos bien proveídas de Ornamientos, etc. no se compren mas generos para ellas, si no es en muy conocida y manifiesta la necessidad. Lo mismo se entienda de plata Chafalonia para las alhajas. Tampoco se compren mas telas ricas para Danzantes, y Cabildantes: mandabalo el Padre Antonio Machoni en 1742. Lo quinto, por no meterme en la embarazosa tasacion de Ornamiento, y todo lo