la obligacion demi officio, a mayor gloria de Nro Señor y bien
ñro: porqueyo en recompensa leruego, que coserue en V. R.s todo
aquel espiritu doblado quele pedia a Elias su discipulo Eliseo[1], o
de hazer y padecer, o de vida actiua o contemplativa odemoriti
ficacion, y oracion, o de amor de Dios, y del proximo: Porque to
do esto es necessario a un missionero ministro del Evangelio y ope
rario dela Compañia de Jesus, que deve tratar la Saluacion, y per
feccion delas almas agenas con la misma aplicacion, eintencion,
que deue tratar la propia. Yono dudo q V. R.s lo ha hecho, y hacen
assi, porque lo muestran bienlos efectos assi en el aprobechamiento,
y perfeccion de V. R.s como en el aumento, christiandad, y devocion
delos Indios.
Pero paraquese acreciente uno, y otro, dexando otros mu
chos medios esnecessaria la execucion deloque despues delargos a
ños de experiencia, muchas, y Varias consultas esta ordenado pru
dentemente pormis antecessores, y Confirmado por nuestros P.es
Generales. Yonopongo ordenes nilos desseo poner, porque noson nece
ssarios, ni quiero cargar mas a V. R.s, tienen muchos Ordenes es
tas doctrinas fuera delas Constituciones Reglas, decretos, Instruc
ciones establem.tos y leyes comunes atoda la comp.a y fuera de otras
muchos especiales comunes ala Provincia y assi todos ellos seguar
daren, tendran todas las Doctrinas la Conservacion y au
mento enlo Espiritual y temporal, queles desseamos todos. Por
quela experiencia ha mostrado (nosin dolor) que si en las Doctrinas
ay algun detrimento en uno, y otro, no es por falta de ordenes si
no de su execucion.
Ay en ellas ordenes para nuestro aprovechamiento, ay
ordenes para el aprovechamiento espiritual delos Indios. Y ay
- ↑ 2 Re 2, 9.