Visita de 24 de Abril de 1732.
1. Por los graves incon venientes. q.e se han experi[men]tado, enq.e el Oficio del Corregi
dor Seper petua en uno mesmo; de aquí adelante a ningun Indio Sele mantendra
en dicho oficio Ultra de cinco años Sin licencia mía, ô de mis Sucesores.
2. Todos los años tendran Cuidado los PP. Curas de embiar âlos PP. Proc.ores de
B.s ayres, y S.ta Feé La lista delos difuntos adultos de Su Pueblo; p.ra q.e Segun determi
ne Con el parecer Una nime delos PP. q.e concirvieron en las Juntas, manden dichos PP.
Proc.res dezir tres Missas p.ra Cada Uno delos difuntos.
3. Para evitar el abuso q.e se ha ido introduciendo, ordeno, que de aquí adelantae no usen los Ntros en sus Caminos sino de Cabalgaduras o Carrenton; o quando mas p.ra algun enfermo o aciano, en tierra, donde p.r su aspereza no se puede usar Carreton, se permita el uso de una Silla sin ruedas llevada de dos Cabalgaduras; procurando , que en la otra silla se atienda solo a lo precisso del abrigo, y resguardo de los malos tiempos, sin permitir excesso alguno en su adorno y que no dize con la pobreza de Ntro estado.
4. Para que los ntros en sus Vaixes no experimente las incomodidades que han padecido hasta aquí; tendrán especial cuidado los PP. Curas, de hacer registrar a menudo, y componer los Caminos públicos, y las puentes, que están en ellos, y repasar las Capilla de suerte que no se lluevan, ni este´n con la indecencia, y poca limpieza, que al presente ay en no pocas.
5. En los cuatro Pueblos cercanos al Paraguay, se pagará de aquí adelante el Sinodo al P.e Sup.or a razon del plata y en la forma que se practica en los demás Pueblos.
6. Por los graves inconvenientes que se han experimentado en la práctica del orden del Prov. l Lauro Nu_ez, de que los géneros traidos de los Oficios a estas Doctrinas, , tengan el valor de un Cinquenta por ciento; revoco dicha orden, dejando solo el exceso en el valor de un cinco por ciento , para los gastos y peligros de su condución; no siendo más el interés que se lleva por la asecuracion y conducion de la hacienda Trasportada de B.s Ay.res a _a Europa, y siendo en este viaje mucho mayores los peligros, y no inferiores los gastos, Y assí en esta conformidad, y solo con el dicho exceso en el valor se venderán los mencionados géneros de un Pueblo a otro, en los tratos que de aquí adelante se celebraren.
7. Todos los pueblos que tuvieren Falua, la tendrán pronta, no solo para quando se siga su turno de ir a la espia, sino tambien si se ofreciere algun repentino rebato de Payaguas