Page:Ordenes Salamanca.djvu/184

From GATE
Revision as of 16:14, 27 October 2022 by Juliano Dutra (talk | contribs)
This page has not been proofread

q[u]e es dar luz al Señor.
8oNo se dé licencia para que ningún indio pase de un pueblo a otro, por qualquiera título o pretexto que alegue[1] y mucho menos lo podrán hacer los curas.
9[o]. Los cinco pueblos Sn. Nicolás, San Luis, Sn. Lorenzo, Sn. Miguel y Sn. Juan harán por su parte la espía de los Pinares en los t[iem]pos acostumbrados, de la misma manera que se hacen por los ríos del Paraná y Uruguay y p[ar]a ello señalará el Hermano Egidio, el parage en donde han de llegar y poner las señas y tendrán estos dichos Pueblos expecial cuidado en las centinelas de la noche no contentándose con la ronda del Pueblo, sino que también la hagan por la parte de afuera.
10[o]. También hará V. R. que cada año hagan espía grande acia la mar, cortando rastros y reconociendo caminos de los portugueses y esta espía grande la alternarán los quatro Pueblos de avajo y otro año los cinco de arriva.
11[o]. También hará V. R. que por la parte de los quatro Pueblos de abajo S.to Thomé, Sn. Borja, La Cruz, y Yapeyú se hagan espías de continuo haciendo que algún Pe. vaya a señalar el pasaje a donde han de llegar y la harán de la misma forma que las demás espías.

12[o]. Obsérvese el or[de]n de que todos los Pueblos tengan 100 cavallos apresados sin que sirvan para otro 

  1. B. Ibañez Echávarri, El Reyno Jesuitico, 64; cf. também ms 6976, f. 237.