los sacerdotes de la Provincia puedan cantada missa librar un alma de purgatorio hasta que los Procuradores que fuesen a Roma (no hablando del Pe. Frios) vuelvan, y estuvieren en la Provincia, y declaren en no[n]bre de su Paternidad, ò de los sucessores que dicho privilegio cesa, ò de nuevo se prorroga. Y en la misma forma prorroga â todos los sacerdotes, que aora ay, y en adelanate hubiere el privilegio de tener un Santo Chisto con indulgencia plenaria para los que ayuda[n] a bien morir.
Esta[s] son las principales disposiciones, y ordenes que Nuestro Pe. insinnua en las suyas, V. R.a dispondra, que despues de leydas se escriban en los ordenes con los de Nuestros Padres Generales para que leydos despues renueben la memoria, que aseguro la observancia. Nuestro Señor guarde a V. R.a como deseo, y me tenga muy presencia en sus santos sacrificios, y oraciones. Doctrinas y 12 de agosto de 1697.
Muy siervo de V. R.a,
Simon de Leon
Carta del Pe. Provincial Ignacio de Frías[1] de 1699, 30 de noviembre. P[ax] X[hristi], etc.a
Hallandome al fin de mi visita, y siendo forçosa la despedida, que si possible fuese la escusara, por gozar de la amable Comp[añi]a de V. R.s y apre[n]der algo de la mucha religion que he observado, quisiera nostrar en el lo que el evangelista S. Juan dize hablando de Christo S[eño]r N[uest]ro, al despedirse de los Sagrados Apostoles, mostrando entonces mas que nunca el afecto que siempre tubo:
Cum dilexisset suos in fimen dilexit eos[2]: Y aun que el mio para con los que estan empleados en los Sagra-
los Sacerdotes dela Provincia puedan Cantada Missa librar un al
ma de Purgatorio hasta que los Procuradores que fuesen a Roma (no
hablando del P.e Frios) Vuelvan, y estuvieren enla Provincia, y de
claren en nōbre desu Paternidad, ò delos Sucessores quedicho privile
gio cesa, òde nuevo sepro rroga. Y enla misma forma prorroga âtodos
los Sacerdotes, queaora ay, y en adelanate hubiere el Privilegio dete
ner un Santo Chisto con Indulgencia Plenaria para los que ayudā
abien morir.
Esta[s] son las principales disposiciones, y Ordenes que Nuestro P.e
insinnua enlas suyas V. R.a dispondra, que despues de Leydas se escriban
enlos Ordenes conlos de Nuestros Padres Generales paraque Leydos
despues renueben la memoria, queaseguro la Observancia. Nues
tro Señor guarde a V. R.a Como deseo, y me tenga muy presencia en
sus Santos Sacrificios, y oraciones. Doctrinas y 12. de Agosto de 1697.
Muy siervo de V. R.a
Simon de Leon
Carta del P.e Provincial Ignacio deFrias de 1699. 30. de
Noviembre P.X.etc.a
Hallandome al fin
demi Visita, y siendo forçosa la despedida, que
si possible fuese la escusara, por gozar
dela amable Comp.a de V. R.s
yaprēder algo
dela mucha Religion que he observado, quisiera nostrar en
el lo que el evangelista S. Juan dize hablando de christo S.r Nro
al despedirse
delos Sagrados Apostoles, mostrando entonces mas que
nunca el afecto
quesiempre tubo:
Cum dilexisset suos in fimen dilexit eos: Y aun que el mio para
conlos que estan empleados
enlos Sagrados