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puediera remediar con industria alguna del Superior immediato, se ha de recurrir a los Superiores mediatos quienes si no hallaren otro remedio deven tratar de suprimir primero la casa o Collegio y jamás permitir que busquen para sí los particulares, lo que necesitan, luego que entendí que se havía introducido en una casa profesa a lo de lo d[ic]ho contra estas ordenaziones, atendí al remedio con la mayor sutilidad y eficacia que pude y para que assí lo pueda hacer en qualquiera parte adonde fuere necesario, ruego y encargo a todos los Consultores que teniendo presentes las obligaz[ion]es de su oficio, fidelidad y voto, no encubran con pernicioso silencio cosa de tanto peso, ni la libren de la corrección que ciertam[en]te aplicaré, si llegare a mi noticia.
13[o]. Entendí no sin admiración haber sucedido que dinero que algunos de los n[uest]ros havían conseguido por vía de delegado o por razón de donativo de los parientes o amigos a que avían adquirido con qualquier otro medio lo ponían en poder de algunos de n[uest]ros Procuradores o de algún externo, de modo que de él como de suerte pr[incip]al recivían sus pensiones annuales. Esto en realidad fuera querer establecer para sí ciertos réditos para q[u]e en ningún tiempo faltase cosa alguna y para asegurarnos de todo temor de experimentar jamás algún efecto de la pobreza. Si alguno tubiere tales intentos, piense delante de Dios si esto concuerda con el voto de restringir más la pobreza, y assí