y consultado con los P.es Assistentes, y con personas Doctas y encomen
dado a Nuestro Señor atendiendo al bien Comun y particular de los
Subditos observancia, y credito de la Obediencia me a parecido con
veniente ordenar a todos los de essa Provincia (y la misma diligencia
se hara en todas las de la Compañia y declaro ser esta ordenacion perpe
tua) que todos los
preseptos de obediencia impuestos, y que pusieren todos los
mediatos e immediatos Superiores en Comun, ò en particular deben du
rar hasta que estos mismos, ò sus sucesores, ò Superiores mayores las rebo
quen dexen o no sus oficios por qualquiera Causa que sea. V.R.ª Cuyde
que este orden perpetuo se comunique a todos, y aun sera bien de que unas
vezes cada año se haga esta misma diligencia para que ninguno pretenda escu
sarse con ignorancia, y juntamente V.R.ª avisese escriba lo dicho en todos
los ordenes destos Generales:
Otra de 16 de Julio de 1639
El vivo