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dos indios diputados para que tengan limpias y compuestas todas las armas. Que en cada pueblo haya a lo menos 60 lanzas, 60 desjarretaderas, 10 flechas de fierro[1] q[u]e sean las puntas de hueso o palo duro, buenos arcos, hondas y piedras y s[ob]re todo que cada pueblo tenga a lo menos 200 cavallos de buena ley, separados solo p[ar]a el uso de la guerra. Finalm[en]te por el Pe. Superior en sus Visitas, tome cuenta a los PP. curas si se tiene a punto y prevenido todo lo s[ob]re d[ic]ho[2] y [en caso de] hallarse en algún P. cura descuido, que le dé la devida penitencia.
31[o]. Ordeno asimismo que todos los domingos entren en la Ig[lesi]a hombres y muchachos de siete años arriba, con arcos y flechas y a los que assí no lo hicieren, que sean castigados de sus curas, los quales deven asistir a la puerta de la Ig[lesi]a a su registro.

32[o]. Para que todos vayan a una y a nadie le sea libre el entablar nuebas devociones en los indios en t[iem]po de Misa, se ordena lo sig[uien]te: lo 1o después de Misa y Rosario no se añadan otras devociones, fuera de las que se han estilado, que es el Acto de contrición y el Alavado, no en romance sino en su lengua, ni cantado sino rezado. Solo se permite el cantar el Alabado en romanze, al salir los niños de la Ig[lesi]a como se estila en los Collegios en los mu- 

  1. Ibañez coloca "mil flechas de fierro".
  2. B. Ibañez Echávarri, El Reyno Jesuitico, 35.