Page:Ordenes Salamanca.djvu/184

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q[u]e es dar luz al Señor.
8o. No se dé licencia para que ningún indio pase de un pueblo a otro, por qualquiera título o pretexto que alegue y mucho menos lo podrán hacer los curas.
9[o]. Los cinco pueblos S[a]n Nicolás, San Luis, S[a]n Lorenzo, S[a]n Miguel y S[a]n Juan harán por su parte la espía de los Pinares en los t[iem]pos acostumbrados, de la misma manera que se hacen por los ríos del Paraná y Uruguay y p[ar]a ello señalará el Hermano Egidio, el parage en donde han de llegar y poner las señas y tendrán estos dichos Pueblos expecial cuidado en las centinelas de la noche no contentándose con la ronda del Pueblo, sino que también la hagan por la parte de afuera.
10[o]. También hará V. R. que cada año hagan espía grande [h]acia la mar, cortando rastros y reconociendo caminos de los portugueses y esta espía grande la alternarán los quatro Pueblos de avajo y otro año los cinco de arriva.
11[o]. También hará V. R. que por la parte de los quatro Pueblos de abajo S[an]to Thomé, S[a]n Borja, La Cruz, y Yapeyú se hagan espías de continuo haciendo que algún P[adr]e vaya a señalar el pasaje a donde han de llegar y la harán de la misma forma que las demás espías.
12[o]. Obsérvese el or[de]n de que todos los Pueblos tengan 100 cavallos apresados sin que sirvan para otro