la obligacion de mi officio, a mayor gloria de N[uest]ro Señor y bien n[uest]ro: porque yo en recompensa le ruego, que coserue en V. R.s todo aquel espiritu doblado que le pedia a Elias su discipulo Eliseo[1], o de hazer y padecer, o de vida actiua o contemplativa o de mortificacion, y oracion, o de amor de Dios, y del proximo: porque todo esto es necessario a un missionero ministro del Evangelio y operario de la Compañia de Jesus, que deve tratar la saluacion, y perfeccion de las almas agenas con la misma aplicacion, e intencion, que deue tratar la propia. Yo no dudo q[ue] V. R.s lo ha hecho, y hacen assi, porque lo muestran bien los efectos assi en el aprobechamiento, y perfeccion de V. R.s como en el aumento, christiandad, y devocion de los indios.
Pero para que se acreciente uno, y otro, dexando otros muchos medios es necessaria la execucion de lo que despues de largos años de experiencia, muchas, y varias consultas esta ordenado prudentemente por mis antecessores, y confirmado por nuestros P[adr]es Generales. Yo no pongo ordenes ni los desseo poner, porque no son necessarios, ni quiero cargar mas a V. R.s, tienen muchos ordenes estas doctrinas fuera de las constituciones, reglas, decretos, instrucciones establem[ien]tos y leyes comunes a toda la Comp[añi]a y fuera de otras muchos especiales comunes a la Provincia y assi todos ellos se guardaren, tendran todas las Doctrinas la conservacion y aumento en lo espiritual y temporal, que les desseamos todos. Por que la experiencia ha mostrado (no sin dolor) que si en las Doctrinas ay algun detrimento en uno, y otro, no es por falta de ordenes si no de su execucion.
Ay en ellas ordenes para nuestro aprovechamiento, ay ordenes para el aprovechamiento espiritual de los indios. Y ay
la obligacion demi officio, a mayor gloria de Nro Señor y bien
ñro: porqueyo en recompensa leruego, que coserue en V. R.s todo
aquel espiritu doblado quele pedia a Elias su discipulo Eliseo, o
de hazer y padecer, o de vida actiua o contemplativa odemoriti
ficacion, y oracion, o de amor de Dios, y del proximo: Porque to
do esto es necessario a un missionero ministro del Evangelio y ope
rario dela Compañia de Jesus, que deve tratar la Saluacion, y per
feccion delas almas agenas con la misma aplicacion, eintencion,
que deue tratar la propia. Yono dudo q V. R.s lo ha hecho, y hacen
assi, porque lo muestran bienlos efectos assi en el aprobechamiento,
y perfeccion de V. R.s como en el aumento, christiandad, y devocion
delos Indios.
Pero paraquese acreciente uno, y otro, dexando otros mu
chos medios esnecessaria la execucion deloque despues delargos a
ños de experiencia, muchas, y Varias consultas esta ordenado pru
dentemente pormis antecessores, y Confirmado por nuestros P.es
Generales. Yonopongo ordenes nilos desseo poner, porque noson nece
ssarios, ni quiero cargar mas a V. R.s, tienen muchos Ordenes es
tas doctrinas fuera delas Constituciones Reglas, decretos, Instruc
ciones establem.tos y leyes comunes atoda la comp.a y fuera de otras
muchos especiales comunes ala Provincia y assi todos ellos seguar
daren, tendran todas las Doctrinas la Conservacion y au
mento enlo Espiritual y temporal, queles desseamos todos. Por
quela experiencia ha mostrado (nosin dolor) que si en las Doctrinas
ay algun detrimento en uno, y otro, no es por falta de ordenes si
no de su execucion.
Ay en ellas ordenes para nuestro aprovechamiento, ay
ordenes para el aprovechamiento espiritual delos Indios. Y ay
- ↑ 2 Rs 2, 9.