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− | El vivo, y eficaz deseo que Nuestro Señor me a comunicado el ver el alma de la Compañia que [ | + | El vivo, y eficaz deseo que Nuestro Señor me a comunicado el ver el alma de la Compañia que [es] esta caridad, y uníon conseruase siempre en este gran cuerpo suyo mas vigorosa y flammante me solicita a encommendar e instar a V. R.a como con efecto lo hago con las mayores veras y afecto que me es posible la observancia de todo el decreto 12<ref>Inst. Soc. Iesu, II, 319.</ref> de la 7. Congregacion General que tanto importa para quitar de los animos no pocas inquietudes, y amarguras, y con particularidad en aquel punto que el que juzgare en el Señor hallarse obligarse obligado a dilatar faltas de otros al Superior no lo haga a los mediatos sin observarse tres cosas. La 1.<sup>a</sup>, que antes de dar aviso a los mediatos, lo de a los immediatos a los quales mas particularmente como quien esta mas cerca toca el remedio. La 2.<sup>a</sup>, que escribiendo despues a los mediatos añada en la misma carta aver ya dado noticia al immediato, si experimentar |
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Revision as of 13:20, 5 June 2020
y consultado con los P[adr]es Assistentes, y con personas doctas y encomendado a Nuestro Señor atendiendo al bien comun y particular de los subditos observancia, y credito de la obediencia me a parecido conveniente ordenar a todos los de essa Provincia (y la misma diligencia se hara en todas las [provincias] de la Compañia y declaro ser esta ordenacion perpetua) que todos los preseptos de obediencia impuestos, y que pusieren todos los mediatos e immediatos Superiores en comun, ò en particular deben durar hasta que estos mismos, ò sus sucesores, ò superiores mayores las reboquen dexen o no sus oficios por qualquiera causa que sea. V. R.a cuyde que este orden perpetuo se comunique a todos, y aun sera bien de que unas vezes en cada año se haga esta misma diligencia para que ninguno pretenda escusarse con ignorancia, y juntamente V. R.a avise se escriba lo dicho en todos los ordenes destos Generales:
yconsultado conlos P.es Assistentes, yconpersonas Doctas y encomen
dado a Nuestro Señor atendiendo albien Comun y particular delos
Subditos observancia, ycredito de la Obediencia me a parecido con
veniente ordenar atodos los de essa Provincia (y la misma diligencia
se hara entodas las dela Compañia y declaro ser esta ordenacion perpe
tua) quetodos los preseptos de obediencia impuestos, yquepusieren todos los
mediatos e immediatos Superiores en Comun, ò enparticular deben du
rar hasta que estos mismos, ò sus sucesores, ò Superiores mayores las rebo
quen dexen o no sus oficios porqualquiera Causaquesea. V. R.a Cuyde
que este orden perpetuo secomunique atodos, y aun serabien deque unas
vezes encada año sehaga esta misma diligencia paraque ninguno pretenda escu
sarse con ignorancia, y juntamente V. R.a avisese escriba lo dicho entodos
los ordenes destos Generales:
ma dela Compañia que esta caridad, yuníon conseruase Siempre enes
te gran cuerpo suyomas vigorosa, y flammante mesolicita a encommendar
e instar a V. R.a como con efecto lohago conlas mayores veras, y afecto queme es
posible la observancia detodo el decreto 12 de la 7 Congregacion General que tan
to importa paraquitar delos animos nopocas in quietudes, y a marguras, ycon
particularidad en aquel punto que elque Juzgare en el Señor hallarse
obligarse obligado adilatar Faltas deotros al Superior nolo haga a los me
diatos sin observarse tres cosas La 1.a que antes de dar aviso alos mediatos
lo de alos immediatos alos quales mas particularmente como quien esta mas
cercatoca el remedio. La 2.a que escribiendo despues alos mediatos aña
da enla misma Carta, averya dado noticia al immediato siexperimentar