Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/35"

From GATE
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
en ninguna parte de nuestra vivienda fuera de la Iglesia, sacristía y se borrarán las que hubiere. <br>
 
en ninguna parte de nuestra vivienda fuera de la Iglesia, sacristía y se borrarán las que hubiere. <br>
12.[o] En nuestros aposentos, fuera de los canceles, que no han de ser muy suntuosos, no se permitan cortinas a las ventanas y puertas, fuera de un cuadro de devoción no se permitan otros, ni mucho menos retratos de príncipes y el de n[uest]ro Rey se tenga en la armería, para sacarlo en público a sus tiempos. Los cuadros que se sacan de los aposentos, si son de devozión, se pondrán en las paredes de los tránsitos o sacristías con tal que no [h]aya exceso en esta parte, y
+
12.[<sup>o</sup>] En nuestros aposentos, fuera de los canceles, que no han de ser muy suntuosos, no se permitan cortinas a las ventanas y puertas, fuera de un cuadro de devoción no se permitan otros, ni mucho menos retratos de príncipes y el de n[uest]ro Rey se tenga en la armería, para sacarlo en público a sus tiempos. Los cuadros que se sacan de los aposentos, si son de devozión, se pondrán en las paredes de los tránsitos o sacristías con tal que no [h]aya exceso en esta parte, y los demás que se reducen a retratos de príncipes, países etc.; se retiren del p[úbli]co y se retiren a la officina de los pintores, ò repartan a los indios que vajan a S[an]ta Fee, p[ar]a que los bendan y compren sus cosillas pero se podrán permitir en los corredores que corresponden a las huertas, algunos mapas ò estampas que sirven para [h]onesta recreazión pero s[iem]pre, con la devida moderaz[ió]n. <br>
los demás que se reducen a retratos de príncipes, países etc.; se retiren del p[úbli]co y se retiren a la officina de los pintores, ò
+
13.[<sup>o</sup>] No se graven los Pueblos con continuos despachos de villetes y assí no permitirá hacer más que una vez en la semana, en el día que señalare el Superior; y si se ofreciere alguna cosa que no permita dilazión, hará propio particular el Pueblo cuya utilidad se hace, no se entiende estas con los propios ò villetes de los Superiores q[uan]do juzgan sus  
repartan a los indios que vajan a S[an]ta Fee, p[ar]a que los bendan y compren sus cosillas pero se podrán permitir en los corredores que corresponden a las huertas, algunos mapas ò estampas que sirven para [h]onesta recreazión pero s[iem]pre, con la devida moderaz[ió]n. <br>
 
13.[o] No se graven los Pueblos con continuos despachos de villetes y assí no permitirá hacer más que una vez en la semana, en el día que señalare el Superior; y si se ofreciere alguna cosa que no permita dilazión, hará propio particular el Pueblo cuya utilidad se hace, no se entiende estas con los propios ò villetes de los Superiores q[uan]do juzgan sus  
 
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]

Revision as of 14:11, 2 November 2019

This page has not been proofread

en ninguna parte de nuestra vivienda fuera de la Iglesia, sacristía y se borrarán las que hubiere.
12.[o] En nuestros aposentos, fuera de los canceles, que no han de ser muy suntuosos, no se permitan cortinas a las ventanas y puertas, fuera de un cuadro de devoción no se permitan otros, ni mucho menos retratos de príncipes y el de n[uest]ro Rey se tenga en la armería, para sacarlo en público a sus tiempos. Los cuadros que se sacan de los aposentos, si son de devozión, se pondrán en las paredes de los tránsitos o sacristías con tal que no [h]aya exceso en esta parte, y los demás que se reducen a retratos de príncipes, países etc.; se retiren del p[úbli]co y se retiren a la officina de los pintores, ò repartan a los indios que vajan a S[an]ta Fee, p[ar]a que los bendan y compren sus cosillas pero se podrán permitir en los corredores que corresponden a las huertas, algunos mapas ò estampas que sirven para [h]onesta recreazión pero s[iem]pre, con la devida moderaz[ió]n.
13.[o] No se graven los Pueblos con continuos despachos de villetes y assí no permitirá hacer más que una vez en la semana, en el día que señalare el Superior; y si se ofreciere alguna cosa que no permita dilazión, hará propio particular el Pueblo cuya utilidad se hace, no se entiende estas con los propios ò villetes de los Superiores q[uan]do juzgan sus