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<ref>Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".</ref>1<sup>o</sup>. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, p[adr]e cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P[adre] Sup[eri]or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y p[adres] doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.<br> | <ref>Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".</ref>1<sup>o</sup>. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, p[adr]e cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P[adre] Sup[eri]or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y p[adres] doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.<br> | ||
− | + | <ref>Anotação na margem esquerda: "No copiarlos".</ref>2<sup>o</sup>. Que ninguno saque papel alguno de los d[ic]hos de d[ic]ho Archivo ni para si ni para otro con pretexto alguno sin consentim[ien]to del P[adr]e Sup[eri]or; y esto solo para el efecto de copiarlo. | |
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Revision as of 14:06, 17 August 2019
ren en realidad de verdad, aviando al sup[eri]or, y obraran con su licencia; y en caso que tal licencia no pueda llegar â tiempo por la distancia, podra obrar tambien, presuponiendo, se la concedera con obligacion de aviarle despues de lo obrado. En que se puede convenir tambien los dos: el que entra y el que sale guardandose los buenos respetos que se deben, teniendo p[o]r bien la disposicion de el que sale, quando se ve que es justa y moderada.
[1] Prohibe con precepto el uso, y pratica de aquella persuasion [?] que abriendo uno la carta del sup[eri]or para el subdito, lezendola otro, y oyendola el tercero, ninguno incurre en el caso reservado 11o.
[2]1o. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, p[adr]e cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P[adre] Sup[eri]or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y p[adres] doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.
[3]2o. Que ninguno saque papel alguno de los d[ic]hos de d[ic]ho Archivo ni para si ni para otro con pretexto alguno sin consentim[ien]to del P[adr]e Sup[eri]or; y esto solo para el efecto de copiarlo.