Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/107"

From GATE
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
de la mortifìcazión religosa y el uso de ella, [h]a causado
+
de la mortifìcazión religosa y el uso de ella, [h]a causado graves daños e inconvenientes en algunos sugetos de estas santas Doctrinas, mando pues con precepto de s[an]ta obed[ienci]a in nomine Xpti [bajo] pena de pecado mortal que ninguno de los sugetos que residen o en adelante residieren en estas Doctrinas del Paraná y Vruguay haga mistela ni hecha, la veva, aunque se la embíen hecha de otra parte. <br>
graves daños e inconvenientes en algunos sugetos de estas
+
4[<sup>o</sup>]. El uso del vino en estos t[iem]pos proxime pasados en algunos sugetos ha sido immoderado con reparo de muchos celosos y aun de muchos que no son de tanto celo. Prohivida pues la mistela y no teniendo los sugetos el aguardiente con la abundancia que cada uno a su arbitrio lo tenía se puede temer prudentemente que algunos excedan los términos de la templanza en beber vino. Y assí atendiendo a la moderaz[ió]n religiosa, sería bien que cada uno se ciñese a vever solam[en]te a las horas de comer y cenar y abstenerse en otros t[iem]pos de ese licor, pues es cosa tan conforme a la regla y al consejo de S[a]n Pablo. <br>
santas Doctrinas, mando pues con precepto de santa obediencia
+
5[<sup>o</sup>]. No se tolere por ningún caso que el compañero del cura tenga en su aposento frasco, ni frasqueras, ni barriles, ni varriletes de aguard[ien]te, mistela o vinos 
in nomine Xpti [bajo] pena de pecado mortal que ninguno
 
de los sugetos que residen o en adelante residieren
 
en estas Doctrinas del Paraná y Vruguay haga mis-
 
tela ni hecha, la veva, aunque se la embíen hecha
 
de otra parte.
 
4[o] El uso del vino en estos tiempos proxime pasados en
 
algunos sugetos ha sido immoderado con reparo de mu-
 
chos celosos y aun de muchos que no son de tanto celo. Pro-
 
hivida pues la mistela y no teniendo los sugetos el aguar-
 
diente con la* abundancia que cada uno a su arbitrio lo tenía
 
se puede temer prudentemente que algunos excedan los térmi-
 
nos de la templanza en beber vino. Y assí atendiendo
 
a la moderazión religiosa, sería bien que cada uno se ci-
 
ñese a vever solamente a las horas de comer y cenar
 
y abstenerse en otros tiempos de ese licor, pues es cosa
 
tan conforme a la regla y al consejo de san Pablo.*
 
5[o] No se tolere por ningún caso que el compañe-
 
ro del cura tenga en su aposento frasco, ni frasque-
 
ras, ni barriles, ni varriletes de aguardiente, mistela o vinos 
 
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]

Revision as of 13:01, 26 July 2019

This page has not been proofread

de la mortifìcazión religosa y el uso de ella, [h]a causado graves daños e inconvenientes en algunos sugetos de estas santas Doctrinas, mando pues con precepto de s[an]ta obed[ienci]a in nomine Xpti [bajo] pena de pecado mortal que ninguno de los sugetos que residen o en adelante residieren en estas Doctrinas del Paraná y Vruguay haga mistela ni hecha, la veva, aunque se la embíen hecha de otra parte.
4[o]. El uso del vino en estos t[iem]pos proxime pasados en algunos sugetos ha sido immoderado con reparo de muchos celosos y aun de muchos que no son de tanto celo. Prohivida pues la mistela y no teniendo los sugetos el aguardiente con la abundancia que cada uno a su arbitrio lo tenía se puede temer prudentemente que algunos excedan los términos de la templanza en beber vino. Y assí atendiendo a la moderaz[ió]n religiosa, sería bien que cada uno se ciñese a vever solam[en]te a las horas de comer y cenar y abstenerse en otros t[iem]pos de ese licor, pues es cosa tan conforme a la regla y al consejo de S[a]n Pablo.
5[o]. No se tolere por ningún caso que el compañero del cura tenga en su aposento frasco, ni frasqueras, ni barriles, ni varriletes de aguard[ien]te, mistela o vinos