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lo que habia dispuesto acerca de los vestido de seda de los Danzantes, lo aprueba, y añade: Solo ocurre añadir, que lo que V. Rev., segun me avisa, dexo permitido que pudiesen comcomprar [sic] paños de ''Londes'', de ''Holanda'', y fino de ''Segovia'', tiene los mismos inconveniente de gasto y profanidad, que las relas de seda, y asi se les deben tambien prohibir. ''En la misma Carta añade nuestro Padre General lo siguiente: He sabido, que en una Congregacion Provincial se resolvió, que se moderase el excesso, que en las Reducciones se notaba en comprar para la Iglesia cosas de mucho valor, como Lamparas, Cruces, y Candeleros de plata porque con esto se dá ocasion á los seglares á que piensen que estamos muy ricos, y que no se ha executado nada de lo que se determinó en dicha Congregacion, antes bien a crecido el exceso. Materia es esta digna de consideracion, porque demás de lo que se ha insinuado, puede redundar en daño de los Indios. Ruego a V. Rev. que prohiba todo lo que fuere exceso, y que pudiere ser de reparo, ordenando, que se contenten con tener en las Iglesias las alhajas decentes para el Culto Divino. Hasta aqui nuestro Padre General. En su cumplimiento hice varias consultas en la Visita de ambos Rios, y en todas se resolvió haber exceso en lamas, tela, frontales ricos, duplicados de un mismo color, si bíen se juzgó muy dificil el remedio, por no haber de sacar estas alhajas de las Reducciones por el desconsuelo de sus habitantes. Mi parecer es, que el Padre Superior no consienta de aqui en adelante traygan mas telas, ni lamas

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lo que habia dispuesto acerca de los vestido de seda de los Danzantes, lo aprueba, y añade: Solo ocurre añadir, que lo que V. Rev., segun me avisa, dexo permitido que pudiesen comcomprar [sic] paños de Londes, de Holanda, y fino de Segovia, tiene los mismos inconveniente de gasto y profanidad, que las relas de seda, y asi se les deben tambien prohibir. En la misma Carta añade nuestro Padre General lo siguiente: He sabido, que en una Congregacion Provincial se resolvió, que se moderase el excesso, que en las Reducciones se notaba en comprar para la Iglesia cosas de mucho valor, como Lamparas, Cruces, y Candeleros de plata porque con esto se dá ocasion á los seglares á que piensen que estamos muy ricos, y que no se ha executado nada de lo que se determinó en dicha Congregacion, antes bien a crecido el exceso. Materia es esta digna de consideracion, porque demás de lo que se ha insinuado, puede redundar en daño de los Indios. Ruego a V. Rev. que prohiba todo lo que fuere exceso, y que pudiere ser de reparo, ordenando, que se contenten con tener en las Iglesias las alhajas decentes para el Culto Divino. Hasta aqui nuestro Padre General. En su cumplimiento hice varias consultas en la Visita de ambos Rios, y en todas se resolvió haber exceso en lamas, tela, frontales ricos, duplicados de un mismo color, si bíen se juzgó muy dificil el remedio, por no haber de sacar estas alhajas de las Reducciones por el desconsuelo de sus habitantes. Mi parecer es, que el Padre Superior no consienta de aqui en adelante traygan mas telas, ni lamas