Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/229"

From GATE
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
algunos como enemistades, para que puedan con mayor
+
algunos como enemistades, para que puedan con mayor facultad y seguridad aplicar remedio; pero no inquieran ni censuren en modo alguno la vida y acciones de los Doctrineros o curas, porque de otro modo se hará muy ofensivo y odioso un mi[ni]sterio tan santo, pues pensarán que van solo a averiguar sus costumbres: Y así prosigue hasta el Cap.o 36 con el modo de insauyr. <br>
facultad y seguridad aplicar remedio; pero no inquieran ni
 
censuren en modo alguno la vida y acciones de los Doctrineros
 
o curas, porque de otro modo se hará muy ofensivo y odioso
 
un mi[ni]sterio tan santo, pues pensarán que van solo a averiguar
 
sus costumbres:
 
Y así prosigue hasta el Cap.o 36 con el modo de insauyr. <br>
 
 
<br>
 
<br>
 
<center><big>Preceptos del Padre Prov[incia]l Joseph Aguirre s[obr]e q[u]e de las Misiones no se dé Caamini, que es yerva, a seglares ni por trato, ni suerte alguna.</big></center> <br>
 
<center><big>Preceptos del Padre Prov[incia]l Joseph Aguirre s[obr]e q[u]e de las Misiones no se dé Caamini, que es yerva, a seglares ni por trato, ni suerte alguna.</big></center> <br>

Revision as of 20:06, 7 August 2019

This page has not been proofread

algunos como enemistades, para que puedan con mayor facultad y seguridad aplicar remedio; pero no inquieran ni censuren en modo alguno la vida y acciones de los Doctrineros o curas, porque de otro modo se hará muy ofensivo y odioso un mi[ni]sterio tan santo, pues pensarán que van solo a averiguar sus costumbres: Y así prosigue hasta el Cap.o 36 con el modo de insauyr.

Preceptos del Padre Prov[incia]l Joseph Aguirre s[obr]e q[u]e de las Misiones no se dé Caamini, que es yerva, a seglares ni por trato, ni suerte alguna.



Fue dado en el Collegio de Córdova en 21 de febrero de 1720 por el que se prohíve a los Doctrineros dar en paga, ni por otro título alguno, ni por cavallos, ni otros géneros* algunos por medio de los Procuradores de los officios de Sta Fee y Buenos Ayres. Capo 1o Se prohíve el que ningún sugeto de las Doctrinas sea Pe o Hermo benda o permute la yerva Caaminí. 2o Prohívese la saca de bacas de la baquería.