Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/119"
(→Not proofread: Created page with "Category:Ordenes Salamanca Category:Ordenes Salamanca") |
|||
Page body (to be transcluded): | Page body (to be transcluded): | ||
Line 1: | Line 1: | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
− | + | de un mes entero después de la publicación de este orden se | |
− | + | despedirán de estas misiones todos quantos españoles | |
− | + | o mestizos están conchavados. | |
+ | 26[o] Con el mismo orden y con el mismo aprieto, prohíbo (y no | ||
+ | se permita por ningún caso) el que ningún español seglar, | ||
+ | ni clérigo, ni religioso entre a nuestros pueblos a comerciar | ||
+ | ny por otro ningún título se les permita entrar a ellos, (ex- | ||
+ | ceptuando, a los que acompañan en sus visitas a los señores | ||
+ | Governadores y señores Obispos, que no se puede estorvar) ex- | ||
+ | ceptuando también a los 4 pueblos de avajo o del Paraguay | ||
+ | a quienes por los PP. Provinciales está permitido el comercio con los | ||
+ | del Paraguay por donde consta quedar cerrada la puerta | ||
+ | al comercio expecialmente con Itapúa. | ||
+ | 27[o] Solo por el bien y conveniencias grandes que se les | ||
+ | puede seguir a estas misiones, permito y doy licencia | ||
+ | por esta vez, para que un español Ingeniero, llamado | ||
+ | Dn Alonso, que fue artillero en Buenos Ayres pueda en- | ||
+ | trar para que con ingenio y facilidad pueda abrir paso por el | ||
+ | Itú a todo* género de embarcaziones y para que más arriva | ||
+ | del Itú registre, pese y mida si es factible dar un brazo de co- | ||
+ | municación del río Paraná a las cavezas del río Corriente[s] | ||
+ | y siendo factible la obra y también para que pueda hacer | ||
+ | una o dos atahonas* y enseñar a los indios a que las | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] |
Revision as of 15:00, 12 July 2019
de un mes entero después de la publicación de este orden se despedirán de estas misiones todos quantos españoles o mestizos están conchavados. 26[o] Con el mismo orden y con el mismo aprieto, prohíbo (y no se permita por ningún caso) el que ningún español seglar, ni clérigo, ni religioso entre a nuestros pueblos a comerciar ny por otro ningún título se les permita entrar a ellos, (ex- ceptuando, a los que acompañan en sus visitas a los señores Governadores y señores Obispos, que no se puede estorvar) ex- ceptuando también a los 4 pueblos de avajo o del Paraguay a quienes por los PP. Provinciales está permitido el comercio con los del Paraguay por donde consta quedar cerrada la puerta al comercio expecialmente con Itapúa. 27[o] Solo por el bien y conveniencias grandes que se les puede seguir a estas misiones, permito y doy licencia por esta vez, para que un español Ingeniero, llamado Dn Alonso, que fue artillero en Buenos Ayres pueda en- trar para que con ingenio y facilidad pueda abrir paso por el Itú a todo* género de embarcaziones y para que más arriva del Itú registre, pese y mida si es factible dar un brazo de co- municación del río Paraná a las cavezas del río Corriente[s] y siendo factible la obra y también para que pueda hacer una o dos atahonas* y enseñar a los indios a que las