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Revision as of 14:54, 12 July 2019
muchachos que llaman Pay roíguarás de aquí adelante después de la quieta de la noche, se fueren todos a dormir a sus casas, sin quedar ninguno de ellos, sino solo un viejo sa- christán y un par de indios de razón a elección del cura remudándose por semanas, no obstante eso por jus- tas razones [h]e mudado de parecer y espero que los PP. cu- ras belaran sobre dichos muchachos de tal manera que no subceda algún desorden.* 8[o] Años ha que por muchos Pes Provinciales mis antecesores es- tá ordenado el que no exceda el número de los mucha- chos de casa de seis y que estos no estén ociosos entre día, como ni tampoco de portar a la puerta de los PPes curas; en muchos pueblos, nada de esto se observa, buelbo a ordenar o inculcar la observancia de orden tan prudente- mente puesto, como también ordeno que se observe el que llegando dichos muchachos a los 13 o 14 años, se echen* fue- ra de la casa y se admitan otros de menor edad. 9[o] En la visita [de] 1717 puso el Pe V. General Luis de la Roca, mi antecesor dos preceptos, acerca de la nueba baquería con las palabras de tenor siguiente: “Para la conservación de la baquería que dejo ordenado se funde en los Pinares, mando en virtud de santa obediencia in nomine Xpti que ningún sugeto que reside o residiere en estas Doctrinas