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− | Esta sirve para noticiar à V | + | Esta sirve para noticiar à V. R.a de algunos privilegios è Indulgencias, que N. P. G. concede asus Misiones pues en la 3<sup>a</sup> Carta del depacho de 1<sup>o</sup> de Mayo de 1716 dice Su Patern.d assì: A la Comision, que traian los PP. Procuradores de solicitar, quantas Indulgencias Plenarias Iubileos perpetuos, y gracias espirituales para esos pobres Ind[io]s se ha procurado satisfacer plenam[en]te como consta de los Breves especiales que su santidad venignam[en]te ha concedido y que llevan consigo los PP. Procuradores, demanera que à mas de las Indulgencias, concedidas por los Summos Pontefices à todas nuestras Ig[lesi]as (que procuran por t[iem]po prorrogar, quando son para numero de años determinados) la S[antísimas] de N[uestro] S[eñ]or [[Name::Clemente XI | Clem.te Undecimo]] impertum à todas las Doctrinas de Indios en esta Provincia del Paraguay, y à cada una en particular todos, y qualesquiera Jubileos, Indulg[enci]as plenarias perpetuas de gracias espirituales, que se suelen conceder à las Co[n]fradias, Hermandades, y congregaz[ion]es que suelen componer de hombres, y mugeres como constarà de los Breves. <br> |
− | En la 2<sup>a</sup> Carta de d[ic]ho despacho dice N | + | En la 2<sup>a</sup> Carta de d[ic]ho despacho dice N. P. assi: Pidesme en n[omb]re de esa Prov[inci]a que prorrogue el privilegio que mi antecesor de buena memoria concediò a los PP. Misi- |
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Latest revision as of 11:39, 5 August 2021
Provinciales.
Esta sirve para noticiar à V. R.a de algunos privilegios è Indulgencias, que N. P. G. concede asus Misiones pues en la 3a Carta del depacho de 1o de Mayo de 1716 dice Su Patern.d assì: A la Comision, que traian los PP. Procuradores de solicitar, quantas Indulgencias Plenarias Iubileos perpetuos, y gracias espirituales para esos pobres Ind[io]s se ha procurado satisfacer plenam[en]te como consta de los Breves especiales que su santidad venignam[en]te ha concedido y que llevan consigo los PP. Procuradores, demanera que à mas de las Indulgencias, concedidas por los Summos Pontefices à todas nuestras Ig[lesi]as (que procuran por t[iem]po prorrogar, quando son para numero de años determinados) la S[antísimas] de N[uestro] S[eñ]or Clem.te Undecimo impertum à todas las Doctrinas de Indios en esta Provincia del Paraguay, y à cada una en particular todos, y qualesquiera Jubileos, Indulg[enci]as plenarias perpetuas de gracias espirituales, que se suelen conceder à las Co[n]fradias, Hermandades, y congregaz[ion]es que suelen componer de hombres, y mugeres como constarà de los Breves.
En la 2a Carta de d[ic]ho despacho dice N. P. assi: Pidesme en n[omb]re de esa Prov[inci]a que prorrogue el privilegio que mi antecesor de buena memoria concediò a los PP. Misi-
- ↑ Carta do Padre Luis de la Roca, segundo o que está indicado na parte final da carta.