Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/73"

From GATE
 
(10 intermediate revisions by 2 users not shown)
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
pocos años han de consumir el ganado. Ordeno que todos
+
[[Category:Ibañez, El Reyno Jesuitico - citaçāo]]
los pueblos, con todo empeño, saquen de ella todo el ga-
+
''<span style="color:Blue">pocos años han de consumir el ganado. Ordeno que todos los Pueblos, con todo empeño, saquen de ella todo el ganado que pudieren, assí p[ar]a poblar sus estancias, como p[ar]a meter en la baquería que se ha de fundar en los Pinar[e]s</span>''<ref>B. Ibañez Echávarri, [[Page:El Reyno jesuitico (1762).pdf/45|''El Reyno Jesuitico'', 37.]]</ref>. <br>
nado que pudieren, assí para poblar sus estancias, como
+
7[<sup>o</sup>]. En los aposentos que duermen los muchachos de
para meter en la baquería que se ha de fundar en los Pinares.
+
casa, para prevenir desórdenes, ordeno que entre [h]amaca y [h]amaca, ay[a] alguna tabla o división que impida la vista de unos a otros y aun permito que si en algún pueblo juzgare algún Pe. Cura convenir poner canceles, que pongan. <br>
7[o] En los aposentos que duermen los muchachos* de
+
8<sup>o</sup>. ''<span style="color:Blue">Por que se experimentan graves desórdenes en irse a pasear los indios de un Pueblo a otro sin licencia de su cura, ordeno que los indios que se hallaren en un pueblo siendo de otro, sin haver llevado papel de su cura, sean recogidos en la cárcel hasta avisar a su cura</span>''<ref>B. Ibañez Echávarri, [[Page:El Reyno jesuitico (1762).pdf/34|''El Reyno Jesuitico'', 26-27.]]</ref>. <br>
casa, para prevenir desórdenes*, ordeno que entre [h]amaca y
+
9[<sup>o</sup>]. Por que será reprovado que en algunos Pueblos las indias no traen el vestido, con la devida decencia, procúrese poner más cuidado lo 1<sup>o</sup> q[u]e no les falte el vestido y lo 2<sup>o</sup> en que éste sea vastante largo y cumplido, de suerte que no ofenda a la vista de uno y otro. <br>
[h]amaca, [h]ay[a] alguna tabla o división que impida la vista de unos
+
10[<sup>o</sup>]. Encargo que en la mudanza de curas se haga la entrega de los Pueblos como se hace la de los Collegios, según el instituto de la Comp[añí]a, pues de no executarse assí se oyen algunos desórdenes i quexas. <br>
a otros y aun permito que si en algún pueblo juzgare algún Pe
+
11[<sup>o</sup>]. Encargo se pongan en forma los libros de las Ig[lesi]as y sacristías 
cura convenir poner canceles, que pongan.
 
8o Por que se experimentan graves desórdenes en irse a
 
pasear los indios de un pueblo a otro sin licencia de su cura,
 
ordeno que los indios que se hallaren en un pueblo siendo de
 
otro, sin haver llevado papel de su cura, sean recogidos
 
en la cárcel hasta avisar a su cura.
 
9[o] Por que será reprovado que en algunos pueblos las indias no
 
traen el vestido, con la devida decencia, procúrese poner más cuidado
 
lo 1o que no les falte el vestido y lo 2o en que éste sea vastante
 
largo y cumplido, de suerte que no ofenda a la vista de uno y otro.
 
10[o] Encargo que en la mudanza de curas se haga la entrega*
 
de los pueblos como se hace la de los Collegios, según el instituto
 
de la Compañía, pues de no executarse assí se oyen algunos desór-
 
denes* i quexas.
 
11[o] Encargo se pongan en forma los libros de las Iglesias y sacristías 
 
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
Footer (noinclude):Footer (noinclude):
Line 1: Line 1:
<references/>
+
<references/> {{TurnPage}}

Latest revision as of 21:08, 19 January 2023

This page has not been proofread

pocos años han de consumir el ganado. Ordeno que todos los Pueblos, con todo empeño, saquen de ella todo el ganado que pudieren, assí p[ar]a poblar sus estancias, como p[ar]a meter en la baquería que se ha de fundar en los Pinar[e]s[1].
7[o]. En los aposentos que duermen los muchachos de casa, para prevenir desórdenes, ordeno que entre [h]amaca y [h]amaca, ay[a] alguna tabla o división que impida la vista de unos a otros y aun permito que si en algún pueblo juzgare algún Pe. Cura convenir poner canceles, que pongan.
8oPor que se experimentan graves desórdenes en irse a pasear los indios de un Pueblo a otro sin licencia de su cura, ordeno que los indios que se hallaren en un pueblo siendo de otro, sin haver llevado papel de su cura, sean recogidos en la cárcel hasta avisar a su cura[2].
9[o]. Por que será reprovado que en algunos Pueblos las indias no traen el vestido, con la devida decencia, procúrese poner más cuidado lo 1o q[u]e no les falte el vestido y lo 2o en que éste sea vastante largo y cumplido, de suerte que no ofenda a la vista de uno y otro.
10[o]. Encargo que en la mudanza de curas se haga la entrega de los Pueblos como se hace la de los Collegios, según el instituto de la Comp[añí]a, pues de no executarse assí se oyen algunos desórdenes i quexas.

11[o]. Encargo se pongan en forma los libros de las Ig[lesi]as y sacristías 

  1. B. Ibañez Echávarri, El Reyno Jesuitico, 37.
  2. B. Ibañez Echávarri, El Reyno Jesuitico, 26-27.