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devotam[en]te su alma a Dios invocando el n[omb]re de Jesús, con la voca y no pudiéndole invocar con el corazón y siendo verdaderam[en]te arrepentido y, como arriba, confesado y comulgado y no pudiendo por lo menos contrito, conseguirá remisión de todos sus pecados y la indulgencia plenaria. <br>
voca y no pudiéndole invocar con el corazón y siendo verdaderamente
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Quien hiciera qualquiera suerte de oración preparatoria antes de celebrar el santo sacrificio de la Misa o de comulgar o rezar el officio de N[uest]ro S[eño]r o de la Veatíssima Virg[e]n María, conseguirá cada vez 50 días de indulg[enci]a. <br>
arrepentido y, como arriba, confesado y comulgado y no pudien-
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Quien bisitare los pobres enfermos en el hospital ò los presos, ayudándolos con alguna obra pía, o enseñare en la Ig[lesi]a la doctrina christiana o en casa o [a] los mismos hijos, parientes o
do por lo menos contrito, conseguirá remisión de todos sus pe-
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criados, cada vez ganan 200 días de indulg[enci]a. <br>
cados y la indulgencia plenaria.
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Quien acostumbrare por lo menos una vez en la semana decir la corona o el Rosario o el officio de la Virgen o de los muertos o las vísperas y por lo menos un no[c]turno con laudes o los 7 Psalmos Penitenciales con las Letanías y sus preces, gana en aquel día que dijere lo arriva dicho, 100 días además de las indulgencias concecidas de S[a]n Pío. <br>
Quien hiciera qualquiera suerte de oración preparatoria
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Quien al toque de la campana de qualquiera Ig[lesi]a a la mañana o a la tarde o al medio día rezare las preces acostumbradas Angelus Domini, etc. o, no la saviendo, un Pater Noster y una Ave María, o tocando las campanas por los difuntos digere el Psalmo De Profundis, o un Paternoster y una Ave María, si no supiere aquel Psalmo, conseguirá 100 días de indulg[enci]a 
antes de celebrar el santo sacrificio de la Misa o de co-
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mulgar o rezar el officio de Nro Sr o de la Veatíssima Virgen
 
María, conseguirá cada vez 50 días de indulgencia.
 
Quien bisitare los pobres enfermos en el hospital o los presos,
 
ayudándolos con alguna obra pía, o enseñare en la Iglesia la doc-
 
trina christiana o en casa o [a] los mismos hijos, parientes o
 
criados, cada vez ganan 200 días de indulgencia.
 
Quien acostumbrare por lo menos una vez en la semana decir
 
la corona o el Rosario o el officio de la Virgen o de los
 
muertos o las vísperas y por lo menos un no[c]turno
 
con laudes o los 7 Psalmos Penitenciales con las Letanías
 
y sus preces, gana en aquel día que dijere lo arriva dicho, 100
 
días además de las indulgencias concecidas de Sn Pío.
 
Quien al toque de la campana de qualquiera Iglesia a la mañana
 
o a la tarde o al medio día rezare las preces acostumbradas
 
Angelus Domini, &c. o, no la saviendo, un Paternoster y una
 
Avemaría, o tocando las campanas por los difuntos digere el
 
Psalmo De Profundis, o un Paternoster y una Ave María, si no
 
supiere aquel Psalmo, conseguirá 100 días de indulgencia [[Category:Ordenes Salamanca]]
 
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devotam[en]te su alma a Dios invocando el n[omb]re de Jesús, con la voca y no pudiéndole invocar con el corazón y siendo verdaderam[en]te arrepentido y, como arriba, confesado y comulgado y no pudiendo por lo menos contrito, conseguirá remisión de todos sus pecados y la indulgencia plenaria.
Quien hiciera qualquiera suerte de oración preparatoria antes de celebrar el santo sacrificio de la Misa o de comulgar o rezar el officio de N[uest]ro S[eño]r o de la Veatíssima Virg[e]n María, conseguirá cada vez 50 días de indulg[enci]a.
Quien bisitare los pobres enfermos en el hospital ò los presos, ayudándolos con alguna obra pía, o enseñare en la Ig[lesi]a la doctrina christiana o en casa o [a] los mismos hijos, parientes o criados, cada vez ganan 200 días de indulg[enci]a.
Quien acostumbrare por lo menos una vez en la semana decir la corona o el Rosario o el officio de la Virgen o de los muertos o las vísperas y por lo menos un no[c]turno con laudes o los 7 Psalmos Penitenciales con las Letanías y sus preces, gana en aquel día que dijere lo arriva dicho, 100 días además de las indulgencias concecidas de S[a]n Pío.
Quien al toque de la campana de qualquiera Ig[lesi]a a la mañana o a la tarde o al medio día rezare las preces acostumbradas Angelus Domini, etc. o, no la saviendo, un Pater Noster y una Ave María, o tocando las campanas por los difuntos digere el Psalmo De Profundis, o un Paternoster y una Ave María, si no supiere aquel Psalmo, conseguirá 100 días de indulg[enci]a