Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/226"
(→Not proofread: Created page with "Category:Ordenes Salamanca Category:Ordenes Salamanca") |
|||
Page body (to be transcluded): | Page body (to be transcluded): | ||
Line 1: | Line 1: | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
− | + | con que se asegura el fruto que se desea y los que | |
− | + | fueren señalados, no tienen que reparar en menos experi- | |
− | + | encia o años, pues llevan en su Compañía a Dios y pueden | |
+ | tomar por sí las palabras que dijo su Magestad en el Deuteronomio | ||
+ | capo 20: “Si exieris ad bellum contra hostes tuos et videris | ||
+ | equitatum* et currus et mayorem quam tu habeas ad- | ||
+ | bersarii exercitus, multitudenem non timebis eos quia Dominus | ||
+ | tuus tecum est, et non pertimescat cor tuum.”* | ||
+ | 10. Lleven los que fueren a Misiones todo lo necesario para el | ||
+ | sustento y avío para que no sean cargosos; por esta causa | ||
+ | no pidan prestados bueyes, ni cavalgaduras en las estan- | ||
+ | cias, si no es en caso forzoso que no se pueda evitar, y por- | ||
+ | que muchos no las tienen, otros no las dan con gusto, y a lo | ||
+ | menos no deja de serles carga, también conviene que lleven con | ||
+ | que poder ganar las voluntades y mostrarse agradecidos | ||
+ | como algunas cosas de devoción, que sean buenas, y en bas- | ||
+ | tante cantidad, mas adviertan que las medallas que | ||
+ | tuvieren indulgencias, no se den sino a quien se juzga que las | ||
+ | ha de aprovechar. | ||
+ | 11. Luego en llegando a la estancia, sabrán si está en ella el dueño | ||
+ | o el Mayordomo les representarán el fin de su benida, que es | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] |
Revision as of 14:38, 4 August 2019
con que se asegura el fruto que se desea y los que fueren señalados, no tienen que reparar en menos experi- encia o años, pues llevan en su Compañía a Dios y pueden tomar por sí las palabras que dijo su Magestad en el Deuteronomio capo 20: “Si exieris ad bellum contra hostes tuos et videris equitatum* et currus et mayorem quam tu habeas ad- bersarii exercitus, multitudenem non timebis eos quia Dominus tuus tecum est, et non pertimescat cor tuum.”* 10. Lleven los que fueren a Misiones todo lo necesario para el sustento y avío para que no sean cargosos; por esta causa no pidan prestados bueyes, ni cavalgaduras en las estan- cias, si no es en caso forzoso que no se pueda evitar, y por- que muchos no las tienen, otros no las dan con gusto, y a lo menos no deja de serles carga, también conviene que lleven con que poder ganar las voluntades y mostrarse agradecidos como algunas cosas de devoción, que sean buenas, y en bas- tante cantidad, mas adviertan que las medallas que tuvieren indulgencias, no se den sino a quien se juzga que las ha de aprovechar. 11. Luego en llegando a la estancia, sabrán si está en ella el dueño o el Mayordomo les representarán el fin de su benida, que es