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− | Preceptos del | + | <center><big>Preceptos del P[adr]e Visitador y V[ic]e Prov[incia]l Antonio Garriga a los Procuradores de los offiz[io]s de S[an]ta Fe, Buenos Ayres, y Asump[ci]ón confirmados por N[uestro] P[adre] G[enra]l [[citesName::Michelangelo Tamburini|Miguel Ángel Tamburini]] en carta de 5 de abril de 1711.</big></center> <br> |
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− | Para la devida execución de los preceptos que impuso en esta Provincia del Paraguay N. P. G. Miguel Ángel Tamburini | + | Para la devida execución de los preceptos que impuso en esta Provincia del Paraguay N. P. G. [[citesName::Michelangelo Tamburini|Miguel Ángel Tamburini]] en carta de 1o de enero de 1707 los quales publicó e intimó en dicha Provincia en nombre de su Paternidad el Pe Provincial Blas de Silva este mismo año de 1709, impongo a los PP. Procuradores que residen y residirán con el tiempo en los offìcios de Missiones en los Collegios de Sta Fee, Buenos Ayres y de la Asumpción o qualesquiera otros, los preceptos siguientes. <br> |
− | + | 1o Mando en virtud de santa obediencia que en un cuaderno o libro aparte escrivan los Procuradores las copias de las memorias originales de los géneros que compran o empleos que hacen expresando con toda individuazión los pre cios a que los compraron y si en plata o en géneros: y assimismo la fecha del día, mes, y año, y el nombre del sugeto que los bendio, como tambien el que guarden las memoriasen su Archivio... | |
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Revision as of 01:32, 20 July 2019
Para la devida execución de los preceptos que impuso en esta Provincia del Paraguay N. P. G. Miguel Ángel Tamburini en carta de 1o de enero de 1707 los quales publicó e intimó en dicha Provincia en nombre de su Paternidad el Pe Provincial Blas de Silva este mismo año de 1709, impongo a los PP. Procuradores que residen y residirán con el tiempo en los offìcios de Missiones en los Collegios de Sta Fee, Buenos Ayres y de la Asumpción o qualesquiera otros, los preceptos siguientes.
1o Mando en virtud de santa obediencia que en un cuaderno o libro aparte escrivan los Procuradores las copias de las memorias originales de los géneros que compran o empleos que hacen expresando con toda individuazión los pre cios a que los compraron y si en plata o en géneros: y assimismo la fecha del día, mes, y año, y el nombre del sugeto que los bendio, como tambien el que guarden las memoriasen su Archivio...