Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/74"
(→Not proofread: Created page with "Category:Ordenes Salamanca Category:Ordenes Salamanca") |
|||
| Page body (to be transcluded): | Page body (to be transcluded): | ||
| Line 1: | Line 1: | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
| − | + | para las visitas de los Señores obispos de los pueblos de estas Doc- | |
| + | trinas en los dos ríos y lo mismo de los otros libros que toca | ||
| + | a la visita de los dichos Sres obispos. | ||
| + | 12[o] No se despache hierva Coaminí* a persona alguna que | ||
| + | no sea de Procuradores de Misiones, porque despachándola a | ||
| + | otros pierde su valor en detrimento de los pueblos. | ||
| + | 13[o] Por los inconvenientes que experimentan en tiempo de dichas | ||
| + | causas y no pequeños desórdenes en los indios [h]aràn sus | ||
| + | chácaras en donde se puediere, cada cacique junto con sus va- | ||
| + | sallos, ayudándose todos a cada una, como se dijo en Juntas, | ||
| + | porque assí [h]arán mejores chácaras y más en breve, con que | ||
| + | se evitara la libertad de que abusan muchos indios en dichos | ||
| + | tiempos de chasas*. | ||
| + | 14[o] Ordeno, que a los enfermos [h]abituales se les llebe algunas | ||
| + | vezes entre año a alguna capilla de las del pueblo o plaza, | ||
| + | para que se les diga una Misa y se consuelen, confiesen y | ||
| + | comulguen y se les haga una plática, porque todo es devido | ||
| + | a el cuidado que se deve tener con los tales enfermos cuyo | ||
| + | accidente da para ello lugar, y de no executarse assí esta- | ||
| + | rán los pobres en mucho olvido de Dios y desamparo. | ||
| + | 15[o] En los Pueblos donde no se hubiere berificado la celebrazión | ||
| + | de la beatificazión del B. P. Juan Francisco Regis ordeno se | ||
| + | celebre con bísperas y sermón, Misa cantada con toda la | ||
| + | solemnidad. | ||
[[Category:Ordenes Salamanca]] | [[Category:Ordenes Salamanca]] | ||
Revision as of 21:34, 29 June 2019
para las visitas de los Señores obispos de los pueblos de estas Doc- trinas en los dos ríos y lo mismo de los otros libros que toca a la visita de los dichos Sres obispos. 12[o] No se despache hierva Coaminí* a persona alguna que no sea de Procuradores de Misiones, porque despachándola a otros pierde su valor en detrimento de los pueblos. 13[o] Por los inconvenientes que experimentan en tiempo de dichas causas y no pequeños desórdenes en los indios [h]aràn sus chácaras en donde se puediere, cada cacique junto con sus va- sallos, ayudándose todos a cada una, como se dijo en Juntas, porque assí [h]arán mejores chácaras y más en breve, con que se evitara la libertad de que abusan muchos indios en dichos tiempos de chasas*. 14[o] Ordeno, que a los enfermos [h]abituales se les llebe algunas vezes entre año a alguna capilla de las del pueblo o plaza, para que se les diga una Misa y se consuelen, confiesen y comulguen y se les haga una plática, porque todo es devido a el cuidado que se deve tener con los tales enfermos cuyo accidente da para ello lugar, y de no executarse assí esta- rán los pobres en mucho olvido de Dios y desamparo. 15[o] En los Pueblos donde no se hubiere berificado la celebrazión de la beatificazión del B. P. Juan Francisco Regis ordeno se celebre con bísperas y sermón, Misa cantada con toda la solemnidad.