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− | no solo para la reducción de los infieles, sino para la manutención y conserv[ació]n de los que con tanto afán y trabajo de los fervorosos y celosíssimos Ministros de esta Prov[inci]a se hallan reducidos, por la persuasión en que están y han estado hasta ahora de que los amamos como PP. amorosos a sus hijo[s] en Christo. <br> | + | no solo para la reducción de los infieles, sino para la manutención y conserv[ació]n de los que con tanto afán y trabajo de los fervorosos y celosíssimos Ministros de esta Prov[inci]a se hallan reducidos, por la persuasión en que están y han estado hasta ahora de que los amamos como PP. amorosos a sus hijo[s] en Christo.<br> |
Y después que hubiere pasado esta carta a todas las Doctrinas y pueblos de entrambas jurisdicciones mandarán V. R.s PP. Superiores del Paraná y Uruguay, que se ponga una copia de ella en los libros donde están las demás cartas, preceptos y órdenes de mis antecesores y me avisarán de su recivo y execución. N[uest]ro S[eñ]or, gracia a V. R.as en cuyos sacrificios me encomiendo, Tapia y mayo 31 de 1709. <lb/>M[ayor] S[iervo] de V. R.as <lb/><center>Blas de Silva</center> <br> | Y después que hubiere pasado esta carta a todas las Doctrinas y pueblos de entrambas jurisdicciones mandarán V. R.s PP. Superiores del Paraná y Uruguay, que se ponga una copia de ella en los libros donde están las demás cartas, preceptos y órdenes de mis antecesores y me avisarán de su recivo y execución. N[uest]ro S[eñ]or, gracia a V. R.as en cuyos sacrificios me encomiendo, Tapia y mayo 31 de 1709. <lb/>M[ayor] S[iervo] de V. R.as <lb/><center>Blas de Silva</center> <br> | ||
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Revision as of 09:49, 4 August 2021
no solo para la reducción de los infieles, sino para la manutención y conserv[ació]n de los que con tanto afán y trabajo de los fervorosos y celosíssimos Ministros de esta Prov[inci]a se hallan reducidos, por la persuasión en que están y han estado hasta ahora de que los amamos como PP. amorosos a sus hijo[s] en Christo.
Y después que hubiere pasado esta carta a todas las Doctrinas y pueblos de entrambas jurisdicciones mandarán V. R.s PP. Superiores del Paraná y Uruguay, que se ponga una copia de ella en los libros donde están las demás cartas, preceptos y órdenes de mis antecesores y me avisarán de su recivo y execución. N[uest]ro S[eñ]or, gracia a V. R.as en cuyos sacrificios me encomiendo, Tapia y mayo 31 de 1709.
M[ayor] S[iervo] de V. R.as
R.do en Christo Pe.
Luego que entré en el Govierno de la Compañía se me ofreció rebocar (segun el loable estilo de mis predecesores) todas las licencias y facultades que fuera de la común ley y costumbre