por esta[r] mal hecha, o que le desagrada assí la d[ic]ha Fundación, como qualquiera de las disposiciones de los Superiores acerca de ella en especial que mientras no se manda otra cosa, vayan a las Corrientes los indios de estas Doctrinas o Reducciones que están señalados o señalaren en adelante p[ar]a que ayuden o sirvan en su fábrica en lo q[u]e en aquel Collegio fuere necesario y se les mandare. [H]asta aquí el precepto y su obligaz[ió]n de pecado mortal en v[i]r[tu]d de santa obediencia.
Es necesario cautelar en adelante los excesos que ha havido en otros t[iem]pos en hacer contratos algunos sugetos de los de las Doctrinas con los seglares y aun con algunos de los n[uest]ros con independencia de los Superiores, y no por medio de los Procuradores contra lo que está tan seriam[en]te ordenado, y aunque pedía la necesidad, que se cerrase con precepto de s[an]ta obed[ienci]a la puerta a semejantes desórdenes, me persuado de la mucha relig[ió]n y obediencia