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[1]28. No se permitira â los sujetos (aunq[ue] sea huespedes) dar de la mesa las sobras de comida, ni miel, ni otra cosa alguna â los indios, ô â los muchachos, como no se permite en los colegios. El que cuida de la Doctrina tendra cuidado de repartirlo. Pe. Visitador.
[2]29. En las fiestas el que assiste de huesped combidado, no llevaraa los premios â su aposento, y menos â su Pueblo.
[3]30. A ninguno se permitira el uso de la yerva si no teniendo necesidad de ella â juicio del medico, y con licencia in scriptis del P. Prov.l. Y ni por tal licencia, ô uso se debera eximir del turno de missas, ni podra convidar â otros. N. P. G. Francisco Retz, 1739.
[4]31. Ordeno, y prohibo el uso frequente, y sin necesidad de la mystela, dexando â la discrecion de los superiores el poner precepto, si alguno necesitare de el. P. Joseph [de] Aguirre.
[5]32. Revoco, y anulo en un todo el precepto de el P. Lauro Nuñez sobre el polvillo, y el tomarlo delante de los seculaes, y no le dexo otra fuerza q[ue] la de un orden estrechissimo, para no usar de el tabaco en polvo delante de los seculares, ni de sus casas. N. P. Francisco Retz, 1732.
[6]33.[7]Qualquiera de los PPes. n[uest]ros ven adelante sacare de la libreria comun algun libro lo rescibira passados tres meses sin usarlo mas tiempo sin nueva licencia expressa del Pe. Sup.or. Pe. Ioseph [de] Aguirre.

[8]34. En los aposentos de los compañeros no

  1. Anotação na margem direita: "Sobra de n[uest]ra comida".
  2. Anotação na margem direita: "Premios de las fiestas".
  3. Anotação na margem direita: "Uso de la yerva".
  4. Anotação na margem direita: "De la mistela".
  5. Anotação na margem direita: "Polvillo delante de los seculares".
  6. Anotação na margem direita: "Libros de la libreria comun".
  7. Alia manu: B (intervém de novo).
  8. Anotação na margem direita: "Aposento de los n[uest]ros".