nes putamus esse perfectum. Y el que assi no obra no solo corre pero ni anda este camino de la [per]feccion en que el Señor amante nos a puesto. De donde se colige quan ageno del instituto apostolico vive el que no solo no le adelanta, pero aun retrocede con mucha tibieza del fervor con que antes aspiraba a la mas puntual observancia, y aumento de todas las virtudes que mas adornan la vida de Apostoles en que V. R.s se ocupan.
Sobre[1] lo que en dicha Carta se contiene an juzgado los principales Padres que devo encargar de nuevo las cosas siguientes = La Conferencia de casos que ma[n]dan los ordenes sin señalar dia, de aqui adelante los Lunes, y la Conferencia Espiritual, ô Leccion del Instituto se tendra los viervienes [sic] que suelen ser dias señalados comunmente en nuestros Collegios para casos, y platicas.=
La mansedumbre en que se hizo exemplar nuestro Señor Jesuchristo de sus Apostoles intruyendoles: Discite a me quia mitis sum et humiles corde[2]. Anteponiendola a la humildad con teson tanto que jamas le oyeron una palabra desentonada segun avia profetizado Isaias. Non clamavit in plateis[3] para que conoscamos: quan ageno sera de la mansedumbre apostolica qualquier excesso de rigor con los feligreses cometidos a nuestro cuydado en cuya correccion se deven evitar qualesquiera palabras injuriosas, ò que denoten irritacion semejantes a las que seculares colericos: suelen usar quando reprehenden, ô castican a los indios, ò esclavos que los sirven las quales no sirven para mejorar al indio, sino para que injuriado se irrite contra su cura juzgando pendencia la correccion que no le entrara en provecho. A las palabras compuestas, y graves a de acompañar el castigo solo, que fuere tan necessario para la enmienda, y comun satisfacion que no aya otro medio para conseguirla. Con los del cabildo, casiques principales, y otros indios benemeritos, y de sequito se a de negociar sin castigo publico segun el orden, ni aun secreto sin es canso tan urgente que no sea possible otro medio para evitar algun grave daño del Pueblo, y quando se pudiere avizando antes al Pe. Superior el qual deve no dejar penitencia a qualquiera de los nuestros, q[u]e en castigar, o en palabras injuriosas excediere. Pero seria desorden mas intolerable, si algunos se atreviese a poner manos violentas en algun indio, o muchacho aunque sea con pretexto de castigar graves delitos todos saben que a semejante falta se impone
nes putamus esse perfectum. Y elque assi no obra no solo corre pero ni anda este Ca
mino dela [per?]feccion en que el Señor amante nos apuesto. De dondese Colige quan age
no del instituto Apostolico vive el que no solo nole adelanta, pero aun retrocede con
mucha tibieza del fervor con que antes aspiraba alamas puntual Observancia, y
aumento detodas las Virtudes que mas adornan la vida de Apostoles en que V. R.s
se ocupan.
Sobre loque en dicha Carta se contiene anjuzgado los principales Padres
que devo enCargar de nuevo las cosas siguientes = La Conferencia de casos que mā
danlos Ordenes sin señalar dia, de aqui adelante los Lunes, y la Conferencia
Espiritual, ô Leccion del Instituto se tendra los Viervienes [sic] que suelenser dias señala
dos Comunmente ennuestros Collegios para casos, y Platicas.=
La mansedumbre enquese hizo exemplar nuestro Señor Jesuchristo de
sus Apostoles intruyendoles Discite a me quia mitissum et humiles corde. Ante
poniendola ala humildad Conteson tanto quejamas le oyeron una palabra de
sentonada segun avia profetizado Isaias. Non clamavit in plateis. paraque co
noscamos: quan ageno sera dela mansedumbre Apostolica qualquier excesso de rigor
conlos Feligreses cometidos anuestro cuydado encuya Correccion sedeven evitar quales
quiera palabras injuriosas, ò que de noten irritacion semejantes alas queseculares Co
lericos: suelen usar quando reprehenden, ô castican alos Indios, ò Esclavos que los sirven
Las quales no sirven para mejorar al Indio, sino paraque injuriado se irrite contra
sucura juzgando pendencia la Correccion que nole entrara en provecho. Alas palabras
compuestas, y graves ade aCompañar el Castigo solo, que fuere tan necessario para la
enmienda, y Comun satisfacion queno aya otro medio para conseguirla. Conlos del
Cabildo, Casiques Principales, y otros Indios benemeritos, y desequito seade negociar sin
Castigo publico segun el Orden, ni aun Secreto sin escanso tan Urgente que nosea possi
ble otro medio para evitar algun grave dañodel Pueblo, y quando sepudiere avizando
antes al P.e Superior. el qual deve no dejar sinpenitencia aqualquiera delos Nuestros, q.e
en Castigar, o en palabras injuriosas excediere. Pero seria desorden mas intolerable, si
algunos seatreviese aponer manos Violentas en algun Indio, o Muchacho aunque
sea con pretexto de Castigar graves delitos todos sabenque asemejante falta se impone
- ↑ A partir desta parte, por diversas páginas, uma mão posterior sublinha e destaca diversas passagens do manuscrito. Teria sido Ibañez Echávarri? Blas Garay?
- ↑ Mt 11, 29: "Tollite iugum meum super vos et discite a me, quia mitis sum et humilis corde, et invenietis requiem animabus vestris".
- ↑ Cf. Is 15, 3.