Page:Ordenes Salamanca.djvu/65

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[el] lugar o Prov[incia] que lo pidiere, pero que no conviene introducirla por ley para el común de la Comp[añí]a hase juzgado que d[ic]ha costumbre se puede suplir por medio de la diligencia de los Superiores, es a saver, si estos se desvelan, en q[u]e los Despertadores y Visitadores hagan bien su officio, de donde conste, si todos llenan bien el t[iem]po señalado para la oración, con esta oración, ha sido muy loada la costumbre de adorar el S[antisi]mo Sacramento en la Ig[lesi]a antes de tocar a oración. Dévese fomentar y promover esta costumbre que entre otros bienes trae éste, de que los Superiores se certifiquen de la dilig[enci]a de los n[uest]ros en levantarse.
Lo 8o: frequéntense las visitas de los exámenes y oración señalando para este offìcio a aquellos en cuya diligencia y fidelidad pueda el Superior seguram[en]te descaerse su cuidado.
Y adbiértaseles seriam[en]te de quán gran importancia es lo que se les fía, pues de él depende la observancia de cosa tan pr[incip]al y assí quán estrecha cuenta han de dar a D[io]s de ser negligentes en su officio, visiten frequentem[en]te los Superiores por sí mismos, pero entiendan que dichos medios serán innútiles, si a los q[u]e por sí o por medio de los Visitadores hallaron culpados, no los corrigen y hacen con arrestos y penitencias, que conste a todos no se ha de destruir