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cárcel perpetua se les trata con demasiado rigor, tenién-
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cárcel perpetua se les trata con demasiado rigor, teniéndoles perpetuam[en]te de día y de noche en el zepo, sin mudar postura en un calavozo y sin sacarlos a hoír misa los días de precepto, avisarán sus R.as al Pe. Superior, o a el P. Admonitor para que se ponga el remedio conve[nien]te; no es esto decir que no se aseguren bien con grillos q[uan]do no están gravem[en]te enfermos y aun concepto de noche, quando no están sanos. <br>
doles perpetuamente de día y de noche en el zepo, sin mu-
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1.<sup>o</sup> Adiciones a los usos y costumbres que pertenecen a las Doctrinas. 1<sup>o</sup>: en el 7<sup>o</sup> que dice, el sábado por la mañana no se reza y ay doctrina quando el siguiente domingo ha de haver sermón, se quitará el se reza y enseñará solamente el Pe. la doctrina en los d[ic]hos días y en los demás sábados que son todos los que caen en t[iem]po de carpición. <br>
dar postura en un calavozo y sin sacarlos a oír* Misa
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2.<sup>o</sup> En el 25 que dice; en la Quaresma se escribirán todos los que confiesan, se añadirá, esto es los que van a confesarse o tienen ya la aprovación de que saven la doctrina cristiana, y para que no se falte al sigilo de la confesión no se permita que después de confesados les pida la tablilla a cuenta de si han confesado, pues bastarán que se escriban q[uan]do hubieren comulgado. <br>
los días de precepto, avisarán sus Ras al Pe Superior, o
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3.<sup>o</sup> A el 26 que dice el jubileo que llamamos del mes se publicará 8 días antes, se añadirá, y tambien se publi- 
a el P. Admonitor para que se ponga el remedio convente;
 
no es esto decir que no se aseguren bien con grillos quando
 
no están gravemente enfermos y aun concepto de noche, quando no
 
están sanos.
 
1o Adiciones a los usos y costumbres que pertenecen a las
 
Doctrinas. 1o en el 7o que dice: “El sábado por la mañana* no
 
se reza y [h]ay doctrina quando el siguiente domingo ha de
 
haver sermón”, se quitará “el se reza” y enseñará solamente
 
el Pe la doctrina en los dichos días y en los demás sábados que
 
son todos los que caen en tiempo de carpición.
 
2o En el 25 que dice: “En la Quaresma se escribirán todos
 
los que confiesan”, se añadirá: “esto es los que van a confe-
 
sarse o tienen ya la aprovación de que saven la doctrina
 
cristiana, y para que no se falte al sigilo de la confesión
 
no se permita que después de confesados les pida la ta-
 
blilla a cuenta de si han confesado, pues bastarán que
 
se escriban quando hubieren comulgado”.
 
3o A el 26 que dice: “El jubileo que llamamos del mes
 
se publicará 8 días antes”, se añadirá: “y tambien se publi- 
 
 
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cárcel perpetua se les trata con demasiado rigor, teniéndoles perpetuam[en]te de día y de noche en el zepo, sin mudar postura en un calavozo y sin sacarlos a hoír misa los días de precepto, avisarán sus R.as al Pe. Superior, o a el P. Admonitor para que se ponga el remedio conve[nien]te; no es esto decir que no se aseguren bien con grillos q[uan]do no están gravem[en]te enfermos y aun concepto de noche, quando no están sanos.
1.o Adiciones a los usos y costumbres que pertenecen a las Doctrinas. 1o: en el 7o que dice, el sábado por la mañana no se reza y ay doctrina quando el siguiente domingo ha de haver sermón, se quitará el se reza y enseñará solamente el Pe. la doctrina en los d[ic]hos días y en los demás sábados que son todos los que caen en t[iem]po de carpición.
2.o En el 25 que dice; en la Quaresma se escribirán todos los que confiesan, se añadirá, esto es los que van a confesarse o tienen ya la aprovación de que saven la doctrina cristiana, y para que no se falte al sigilo de la confesión no se permita que después de confesados les pida la tablilla a cuenta de si han confesado, pues bastarán que se escriban q[uan]do hubieren comulgado.
3.o A el 26 que dice el jubileo que llamamos del mes se publicará 8 días antes, se añadirá, y tambien se publi-