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en la primera visita de 1710 en estas Doctrinas y se pondrá la confirmaz[ió]n de N[uestro] P[adre] G[aneral [[citesName::Michelangelo Tamburini|Miguel Ángel Tamburini]] en carta que recivió de Su Paternidad su f[ec]ha 5 de abril de 1711, en que hablando de d[ic]hos órdenes y de los preceptos que puse en los officios, dice assí Su Paternidad: “Los ór[de]nes y preceptos tocantes a las misiones que [h]a impuesto V[uestra] R[everendím]a sobre los míos y me comunica en sus 6 cartas como también la explicazión que dio y respuesta a las dudas que s[ob]re ello se le propusieron, son muy convenientes y conformes a mi mente y assí totalm[en]te las apruebo, y confirmo en el modo que V[uestra] R[everendíma] los impuso, apruebo también la providencia dada acerca de los casos reservados en las misiones con la qual [h]ay de parte de la religión el remedio seguro. En la 8.a carta me avisa V[uestra] R[everendím]a de otros ór[de]nes puestos para el govierno de missiones y para evitar los inconven[ien]tes de sus
en la primera visita de 1710 en estas Doctrinas y se pon-
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fiestas y conbites de un pueblo a otro; todos son prudentíssimos y por todos doy gracias a V[uestra] R[everendím]”. [H]asta aquí R[everendíma] P[adre] G[ene]ral. <br>
drá* la confirmazión de N. P. G. Miguel Ángel Tamburi-
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11.o El servicio personal que prohíbe en 2.o precepto N[ustro] P[adre] General [[citesName::Michelangelo Tamburini|Miguel Ángel Tamburini]], se estiende especialmente del servicio personal de los indios en obsequio de los p[adre]s misioneros
ni en carta que recivió de Su Paternidad su fecha 5 de
 
abril de 1711, en que hablando de dichos órdenes y de los
 
preceptos que puse en los officios, dice assí Su Paternidad:
 
“Los órdenes y preceptos tocantes a las misiones que [h]a im-
 
puesto V. Ra sobre los míos y me comunica en sus 6 cartas
 
como también la explicazión que dio y respuesta a las
 
dudas que sobre ello se le propusieron, son muy convenientes
 
y conformes a mi mente y assí totalmente las apruebo, y confir-
 
mo en el modo que V. R. los impuso, apruebo también la pro-
 
videncia dada acerca de los casos reservados en las misio-
 
nes con la qual [h]ay de parte de la religión el remedio seguro.
 
En la 8a carta me avisa V. Ra de otros órdenes puestos para
 
el govierno de missiones y para evitar los inconvenientes de sus
 
fiestas y conbites de un pueblo a otro; todos son prudentíssi-
 
mos y por todos doy gracias a V. R.[H]asta aquí R. P. Gral.
 
11o El servicio personal que prohíbe en 2o precepto N. P. General
 
Miguel Ángel Tamburini, se estiende especialmente del
 
servicio personal de los indios en obsequio de los PPs misioneros
 
 
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de largo y 21 de ancho y el refectorio de 34 pies de largo y 21 de ancho.
10.o A principios o fin del obstracto que dejé de las órdenes en la primera visita de 1710 en estas Doctrinas y se pondrá la confirmaz[ió]n de N[uestro] P[adre] G[aneral Miguel Ángel Tamburini en carta que recivió de Su Paternidad su f[ec]ha 5 de abril de 1711, en que hablando de d[ic]hos órdenes y de los preceptos que puse en los officios, dice assí Su Paternidad: “Los ór[de]nes y preceptos tocantes a las misiones que [h]a impuesto V[uestra] R[everendím]a sobre los míos y me comunica en sus 6 cartas como también la explicazión que dio y respuesta a las dudas que s[ob]re ello se le propusieron, son muy convenientes y conformes a mi mente y assí totalm[en]te las apruebo, y confirmo en el modo que V[uestra] R[everendíma] los impuso, apruebo también la providencia dada acerca de los casos reservados en las misiones con la qual [h]ay de parte de la religión el remedio seguro. En la 8.a carta me avisa V[uestra] R[everendím]a de otros ór[de]nes puestos para el govierno de missiones y para evitar los inconven[ien]tes de sus fiestas y conbites de un pueblo a otro; todos son prudentíssimos y por todos doy gracias a V[uestra] R[everendím]”. [H]asta aquí R[everendíma] P[adre] G[ene]ral.
11.o El servicio personal que prohíbe en 2.o precepto N[ustro] P[adre] General Miguel Ángel Tamburini, se estiende especialmente del servicio personal de los indios en obsequio de los p[adre]s misioneros.